ASENTAMIENTOS EN PALESTINA: EL NEGOCIO DE LA COLONIZACIÓNpor la Organización de Liberación de Palestina
Hoy una serie de países adquieren productos producidos en los asentamientos israelíes; algunos países han firmado o negocian actualmente Tratados de Libre Comercio (TLC) con Israel sin hacer distinción entre productos producidos en los asentamientos israelíes y productos producidos en Israel, lo que da sustentabilidad económica a la empresa de asentamientos israelí y resta incentivos para que Israel, la potencia ocupante, se retire del territorio ocupado A continuación el documento “El Negocio de la Colonización”, relativo al lucro obtenido por Israel, la potencia ocupante, en el territorio ocupado palestino. Junto a una descripción de las actividades económicas que se desarrollan en los asentamientos israelíes, se incluye una descripción del rol que la comunidad internacional debería jugar en torno a esa clase de productos, basado en la legislación así como en la práctica internacional. Hoy una serie de países adquieren productos producidos en los asentamientos israelíes; algunos países han firmado o negocian actualmente Tratados de Libre Comercio (TLC) con Israel sin hacer distinción entre productos producidos en los asentamientos israelíes y productos producidos en Israel, lo que da sustentabilidad económica a la empresa de asentamientos israelí y resta incentivos para que Israel, la potencia ocupante, se retire del territorio ocupado. El Negocio de la Colonización Usualmente se piensa que los asentamientos son comunidades residenciales que Israel ha establecido en el Territorio Palestino Ocupado para dar vivienda a parte de su población civil. Sin embargo, lo que no se toma en cuenta es el lado comercial de la empresa de asentamientos Israelí, que son fábricas, granjas, servicios y otras empresas comerciales operando en los asentamientos, así como los desarrollos envueltos en su construcción. Esas entidades comerciales son parte integral de la empresa de asentamientos israelíes, que se benefician de la tierra y otros recursos ilegalmente confiscados a los palestinos, y manteniendo la expansión de los asentamientos y la infraestructura vinculada a los asentamientos y el crecimiento de la población de colonos. Desafortunadamente, los israelíes no son los únicos envueltos en el negocio de la colonización. Inversión extranjera también opera en los negocios de la colonización. Entidades foráneas además importan, distribuyen y venden bienes y servicios producidos por las empresas de los asentamientos. Empresas foráneas no deben ser permitidas de continuar con esa clase de negocios, del que se benefician, y permiten que la economía Israelí se beneficie del proyecto de asentamientos Israelí. Por su parte, terceros estados pueden tomar medidas para que sus nacionales no contribuyan en la empresa de asentamientos Israelí. I. Naturaleza del Negocio Como el resto de la economía Israelí, los negocios en los asentamientos provienen de diversos sectores, incluyendo construcción, manufacturas, agricultura y turismo. Lamentablemente, muchas compañías extranjeras y/o subsidiarios israelíes operan con los asentamientos, desde las telecomunicaciones a la construcción de material, a la comida y electrodomésticos.[1] Muchos se encuentran incluso vinculados en el desarrollo y construcción de los asentamientos, su infraestructura relacionada y el Muro. El ejemplo mas conocido es el de dos compañías francesas que se encuentran involucradas en la construcción de un tren ligero que ha de conectar los asentamientos israelíes en Jerusalén Oriental con Jerusalén Occidental. Además, bienes y servicios que son manufacturados, desarrollados o proveídos por negocios de asentamientos de forma seguida se van a mercados internacionales. Si bien no existen cifras publicas sobre el valor total anual de las exportaciones de los asentamientos, estimaciones señalan que el valor anual de los productos de los asentamientos importados por la Unión Europea es de alrededor de 200 millones de dólares [2] o 100 millones de euros [3]. Exportaciones a la Unión Europea son alrededor del 30 al 40 por ciento del total de las exportaciones israelíes en años recientes, así como el 75 por ciento del total de las exportaciones agrícolas israelíes [4] Construcción. La colonización Israelí del TPO ha significado buenos negocios para la industria de la construcción Israelí. Durante los últimos 10 años, el crecimiento poblacional en los asentamientos israelíes en el territorio Palestino ocupado ha sido tres veces mayor que en el resto de los centros poblacionales de Israel [5].Aun así, el desarrollo de la tierra y la construcción de asentamientos en el territorio Palestino ocupado han superado el crecimiento poblacional de los colonos. Por ejemplo, e independiente del renovado compromiso suscrito por Israel en la Hoja de Ruta para congelar la construcción de asentamientos, la construcción continua en al menos 101 asentamientos (excluyendo aquellos en Jerusalén Oriental).[6] La construcción de 1,390 unidades habitacionales en el territorio Palestino ocupado (excluyendo Jerusalén Oriental) comenzó en el 2007, donde 1,539 unidades fueron completadas en aquel tiempo. Alrededor de 2,521 se encontraban bajo activa construcción para el final de ese año.[7] En el mismo periodo de tiempo, autoridades israelíes publicaron 885 licitaciones a sumar a las cientos de unidades iniciadas por el sector privado. Manufacturas. Mientras la mayoría de la tierra de los asentamientos es dedicada al uso residencial, un significativo porcentaje se dedica para propósitos comerciales e industriales. Por ejemplo, el 6.6 por ciento de la tierra en 16 asentamientos grandes [8] se destina para propósitos comerciales.[9] Existen tres principales asentamientos industriales Atarot, Barqan y Ariel – así también como una serie de pequeñas zonas industriales.[10] Los negocios de los asentamientos producen una gran variedad de productos: químicos, plásticos, vino, bolsas de nylon, muebles, alfombras, equipamientos de camping, cosméticos, bienes derivados del papel, cuero, aluminio, electrónicos, cemento, computadores y mas.[11] Agricultura. El sector Agrícola también prospera en los asentamientos. Alrededor del 34 por ciento de la tierra en 16 asentamientos principales se destina a la agricultura. [12] En particular los asentamientos en el Valle del Jordan dependen principalmente de la agricultura. [13]Los esquemas de muchos de ellos definen la mayoría de sus áreas como tierra Agrícola, así como grandes extensiones de tierra trabajadas por los colonos muchas veces se encuentran fuera de los limites del asentamiento mismo. [14]Consecuentemente, el consumo de Agua de la población del Valle del Jordan es aproximadamente equivalente al 75 por ciento del consumo de agua de toda la población Palestina viviendo en la Ribera Occidental (aproximadamente dos millones de personas) tanto para uso domestico y urbano. [15] Turismo. En años recientes, el gobierno Israelí ha invertido millones de dólares en desarrollo de sitios arqueológicos, que forman parte del patrimonio nacional palestino, y otros proyectos turísticos en los asentamientos a través de la Ribera Occidental, incluyendo el Herodion cercano a Belén, la mezquita de Al-Ibrahimi en Hebron, y por supuesto la Ciudad Antigua de Jerusalén. En muchos casos, solo operadores turísticos israelíes y no palestinos tienen acceso a esos lugares. Además, el gobierno israelí y los operadores de turismo israelíes promocionan Israel y el territorio Palestino ocupado como una sola destinación turística. II. Impactos del Negocio Los negocios contribuyen al proyecto de asentamientos Israelí en muchas vías. Los negocios de los asentamientos lucran de la explotación de recursos palestinos. Fabricas, granjas y proveedores de servicios requieren de espacio físico para sus operaciones, y por ende, ubicarse y utilizar tierra que ha sido ilegalmente confiscada a palestinos y que de otra manera podrían ser utilizadas por la agricultura Palestina, industria, desarrollo urbano o cualquier otra actividad económica. Las entidades agrícolas en particular demandan generalmente vastas extensiones de terreno y utilizan recursos acuíferos palestinos. Al mismo tiempo, muchas entidades industriales de los asentamientos que no cumplen con los estándares de medio ambiente que si cumplen sus pares en Israel, contaminan directamente la tierra Palestina, así también como su agua y aire. Los negocios de los asentamientos también promueven la expansión de los asentamientos israelíes. Los negocios de los asentamientos dependen y promueven el desarrollo de infraestructura básica, tales como carreteras para distribución e infraestructura de agua, electricidad, telecomunicaciones y desagüe para producir. Junto a ello, promueven la inmigración israelí a los asentamientos al proveer de oportunidades laborales y servicios a los colonos así como lisa y llanamente promoviendo la sustentabilidad económica de los asentamientos. Por supuesto, algunos negocios contribuyen más que otros en la expansión de los asentamientos. Quienes se dedican al desarrollo de la tierra y compañías de construcción están íntimamente ligadas y orgánicamente envueltas con la actividad de asentamientos israelíes, actualizando los planes de asentamientos del gobierno israelí así como las licitaciones transformándolas en realidades sobre el terreno que de forma permanente han de alterar el carácter de la tierra Palestina y por ende negando a los palestinos controlarlas así como en su uso y acceso, lo que trae un cambio demográfico en el territorio Palestino ocupado. Compañías en otros países también importan, distribuyen y venden productos de los asentamientos enriqueciendo a los asentamientos que producen y haciendo crecer sus productos, lo que llama a incrementar esos trabajos, así también como beneficiando a la economía Israelí como un todo. En algunos casos, las exportaciones de los asentamientos reciben un tratamiento de impuestos preferenciales bajo acuerdos comerciales entre Israel y el país importador, lo que significa que fondos públicos de esos países benefician a los productos de los asentamientos. III. Implicaciones Legales del Negocio Desafortunadamente, los negocios de los asentamientos que operan en el territorio Palestino ocupado se realizan de forma contraria al derecho internacional. [16] Una parte de la actividad de asentamientos. Los asentamientos son ilegales de acuerdo con el articulo 49 (6) de la Cuarta Convención de Ginebra que prohíbe a Israel, la potencia ocupante, transferir a su población civil al territorio Palestino ocupado. [17] De efecto similar, el articulo 8 (b) (viii) del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 1998 define “la transferencia directa o indirecta por parte de la potencia ocupante de partes de su propia población civil al territorio que ocupado” como Crimen de Guerra.[18] Parte de la razón para prohibir la transferencia de colonos es para proteger el derecho a la autodeterminación de la población ocupada. Los asentamientos interfieren con la habilidad del pueblo ocupado para llevar a cabo libremente su desarrollo político, económico y social. De acuerdo al comentario de Pictet sobre la Cuarta Convención de Ginebra, la prohibición sobre el establecimiento de asentamientos “intenta prevenir una practica adoptada durante la Segunda Guerra Mundial por ciertas potencias, que transfirieron partes de su propia población al territorio ocupado por razones política o raciales, o orden, como ellos señalaron, de colonizar esos territorios.” [19] Explotar recursos Palestinos. Una potencia ocupante no gana soberanía o titulo sobre el territorio ocupado. El articulo 55 de las Regulaciones de la Haya solo permite a una potencia ocupante administrar y usar la tierra estatal solo de forma que preserve su capital. [20] El artículo 46 requiere que una potencia ocupante respete la propiedad privada, no que la confisque. El articulo 49 de las Regulaciones de la Haya provee además que la potencia ocupante solo puede utilizar los recursos en el territorio ocupado “para las necesidades del ejercito o para la preservación del territorio en cuestión”. Incautaciones o usos de la propiedad para servir otros intereses de la potencia ocupante o sus habitantes no están permitidos. [21] Es consistente con los principios del derecho internacional que todos los estados y pueblos, incluyendo aquellos bajo ocupación, gocen de permanente soberanía sobre sus recursos naturales. [22] De hecho, parte de la justificación para prohibir la transferencia de población del ocupante es que “esas transferencias empeoran la situación económica de la población nativa”. [23] De hecho, la Asamblea General de Naciones Unidas ha reafirmado una serie de resoluciones la aplicación de esa regla a los territorios ocupados por Israel. [24] IV. Implicaciones Legales y Políticas para Terceros Estados Algunas de las obligaciones internacionales que Israel ha violado durante su ocupación de territorio palestino se tipifica en una categoría especial de obligaciones llamada normas perentorias de derecho internacional. Ello incluye la obligación de respetar el derecho del pueblo palestino a la autodeterminación [25] y ciertas obligaciones bajo el derecho internacional humanitario. [26] Como “todos los estados tienen interés legal en su protección” a la luz de la importancia de los derechos protegidos por esas obligaciones, [27] esas obligaciones imponen obligaciones separadas para los terceros estados: · La obligación de no reconocimiento – Los terceros estados no deben reconocer como legal una situación creada por una falla gruesa o sistemática de otro estado de respetar esas obligaciones. [28] La responsabilidad se extiende no solo al reconocimiento formal de esas situaciones, sino que también con actos que puedan implicar reconocimiento. [29] · La obligación de no asistir – Terceros estados no deben ayudar o asistir en mantener una situación creada por una falla gruesa o sistemática de otro estado en cumplir sus obligaciones. [30] · La obligación de respetar y promover el derecho a la autodeterminación – “Terceros estados deben ver que cualquier impedimento resultante de la construcción del Muro al ejercicio por parte de los palestinos de su derecho a la autodeterminación debe llevarse a su final [31] Esto sigue que sus obligaciones se extienden sobre otros impedimentos al ejercicio de ese derecho, incluyendo asentamientos, carreteras para colonos y restricciones de movimiento. Junto a esto, todos los estados parte de la Cuarta Convención de Ginebra, independiente de que sean o no parte en un conflicto especifico, se encuentran bajo la obligación de “asegurar el respeto” hacia la convención. [32] Todas esas responsabilidades fueron señaladas por la Corte Internacional de Justicia que aplican para terceros países en el contexto del Muro que Israel construye en territorio Palestino. [33] La practica de los estados debe guiarse por lo que implican esas obligaciones. Territorio Palestino Ocupado. Una serie de resoluciones de la Asamblea General de Naciones Unidas relativas específicamente a la soberanía de los palestinos y los países árabes sobre sus recursos naturales hacen referencia a esas responsabilidades. [34] Por ejemplo, la Resolución 32/161 (del 19 de Diciembre de 1977), [35] Llama a todos los estados, instituciones internacionales, corporaciones de inversión y todo el resto de las instituciones a no reconocer o cooperar o asistir de manera alguna cualquier medida tomada por Israel para explotar los recursos de los territorios ocupados o que afectan cualquier cambio en la composición demográfica o el carácter geográfico o institucional de esos territorios. Namibia. En su opinión consultiva sobre las “Consecuencias legales para los estados por la continua presencia de Sudáfrica en Namibia (África sur occidental) independiente de la resolución de l Consejo de Seguridad 276 (1970), la Corte Internacional de Justicia dictaminó que los estados se encuentran bajo la obligación, inter alia, de abstenerse de: entrar en cualquier acuerdo con Sudáfrica en todos los casos en que su gobierno intente actuar en representación o sobre algo relativo a Namibia; de invocar o aplicar tratados bilaterales existentes firmados por Sudáfrica en representación de Namibia que envuelva cooperación intergubernamental active; así como de entrar en relaciones económicas u otras formas de relaciones o acuerdos con Sudáfrica en representación o sobre algo concerniente a Namibia lo que podría reforzar su autoridad sobre el territorio. [36] Siguiendo esa decisión, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas reafirmó [37] las provisiones de la Res.283, [38] llamando a todos los estados a asegurar que las compañías así como otras empresas comerciales e industriales de propiedad o bajo control directo del estado terminen todos los acuerdos respecto a concesiones de empresas comerciales o industriales en Namibia, y cesar toda actividad futura de inversión, incluyendo concesiones en Namibia. De igual forma el Consejo de Seguridad llamó a todos los estados a retirar a sus nacionales y compañías registradas en esas jurisdicciones, no bajo control gubernamental directo, prestamos del gobierno, garantías crediticias y otras formas de apoyo financiero que podría ser usado para facilitar el intercambio y comercio con Namibia; así como desincentivar a sus nacionales y compañías de invertir u obtener concesiones en Namibia, y para ese fin retirar la protección de esa inversión sobre futuros reclamos de un gobierno legal en Namibia Para efecto similar, la Asamblea General de Naciones Unidos llamo a los gobierno a tomar medidas legislativas y administrativas entre otras con respecto a sus nacionales y los cuerpos corporativos bajo su jurisdicción que posee y opera empresas en territorios colonizados que son desfavorables para los intereses de los habitantes de esos territorios de manera de poner fin a esas actividades y prevenir nuevas inversiones que van en contra de los intereses de los habitantes de esos territorio. [39] Chipre. En respuesta a la invasión Turca de Chipre que pretendía establecer una republica turca en el Norte de Chipre, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas llamó a los estados a no reconocer ese gobierno. De forma subsecuente la Corte Europea de Justicia señaló que los estados miembros se encontraban imposibilitados de aceptar certificados de origen para productos agrícolas emitidos por la Republica Turca del Norte de Chipre, ya que la cooperación necesaria bajo el acuerdo no puede ser establecida con autoridades no reconocidas por la Comunidad Europea como estados miembros. [40] Muchos estados han emitido incluso recomendaciones para sus nacionales acerca de los riesgos legales y financieros de comerciar o arrendar propiedades en el ocupado norte de Chipre, que en gran parte ha sido ilegalmente confiscado a sus legalmente dueños griegos. Conclusión Para que Israel respete sus obligaciones bajo el derecho internacional, los terceros estados deben respetar el suyo propio. Para actuar de manera consistente con sus obligaciones bajo el derecho internacional, terceros estados son requeridos de tomar medidas concretas para que ni ellos ni sus nacionales contribuyan al negocio de la colonización en el territorio Palestino Ocupado. Es necesario que los terceros estados aseguren que compañías y otras empresas comerciales e industriales de propiedad o bajo el control del estado cese todos sus acuerdos e inversiones con respecto a actividades comerciales o industriales en los asentamientos israelíes. Terceros estados deben además adoptar otras medidas incluidas de corte legislativo y administrativo (o por lo menos crear desincentivos para) que sus nacionales y compañías no construyan, operen o inviertan en los asentamientos, o de contribuir de otra forma a la actividad de asentamientos israelíes. Por ejemplo, los estados deben salirse de esas compañías si es que tienen participación en ellas. Otra política parecida podría ser el retirar créditos gubernamentales, préstamos por parte del gobierno y otras formas de apoyo financiero que podría ser usado para facilitar intercambio y comercio en asentamientos o con empresas de asentamientos. Otra política sería el retirar protección a cualquiera de esos acuerdos o inversiones contra reclamos del futuro legítimo gobierno de Palestina. Así también otra posible política a tomar por los estados seria el emitir un memorando a sus nacionales relativa a los riesgos legales y financieros asociados con comerciar o arrendar propiedad de entidades israelíes o asentamientos ubicados dentro del territorio Palestino ocupado, incluyendo Jerusalén Oriental. Los estados deben además considerar junto a todo lo anterior el prohibir la importación de productos de los asentamientos. Como mínimo, productos de los asentamientos deben ser explicita y específicamente excluidos de la aplicación de cualquiera de los acuerdos comerciales entre Israel y terceros estados. Además, los estados deben requerir que los productos de los asentamientos sean claramente etiquetados como tales para que los consumidores puedan realizar decisiones informadas relativas a sus compras. Notas 1 Para ver ejemplos, lea online: Who Profits? Exposing the Israeli Occupation Industry ; War on Want, Profiting from the Occupation, online: War on Want ; and Interfaith Peace Initiative, Companies that Profit from the Israeli Occupation of Palestinian Land, online: Interfaith Peace Initiative . See also fn 11. 2 “EU Holds Fire on ‘Made in Israel’ row” BBC News (21 October 2002), online: BBC News . 3 Guy Harpaz, “The Dispute over the Treatment of Products Exported to the European Union from the Golan Heights, East Jerusalem, the West Bank and the Gaza Strip - The Limits of Power and the Limits of the Law”, online . 4 Online: Israeli Central Bureau of Statistics . 5 Based on population figures from the Israeli Central Bureau of Statistics, online . 6 Peace Now, “Death of the Settlement Freeze – 4 Months After Annapolis” (March 2008), online: Peace Now . 7 Online: Israeli Central Bureau of Statistics . 8 Alfe Menashe, Ariel, Bet El, Bet Arye, Betar Illit, Efrata, Elqana, Givat Ze’ev, Har Adar, Immanu’el, Ma’ale Adumim, Ma’ale Efrayim, Oranit, Qarne Shomron, Qedumim y Kiryat Arba (Internal legal study (on file with author) [Legal study]). 9 Ibid. 10 Shahak near Rehan, Baron near Qedumim; Ma'ale Efrayim Industrial Park; Immanu'el Industrial Park; Emek Shilo near Shilo; Sha'ar Binyamin between Pesagot and Ofra; Mishor Adumim Industrial Park; Gush Ezyon Industrial Park near Efrat; Qiryat Arba Industrial Park; and Shim'a Industrial Park in the south of the Hebron Mountains (Yehezkel Lein, Land Grab: Israel’s Settlement Policy in the West Bank (Jerusalem: B’Tselem, May 2002) at 75). 11 See, for example, Gush Shalom, online: Gush Shalom ; and Foundation for Middle East Peace, online: Foundation for Middle East Peace . 12 Legal study, supra note 8. 13 Lein, supra note 10 at 94. 14 Ibid. at 94. 15 Ibid. at 95. 16 Desde 1967, Gaza y Cisjordania han sido ocupados por Israel. En consecuencia, la relación de Israel con el territorio que ocupa y con los habitantes del mismo se rigen por el derecho internacional humanitario consagrado en el Convenio de La Haya, en las leyes y costumbres de la guerra y sus Reglamentos adjuntos de 1907, el 18 de octubre de 1907, U.K.T.S. 9 (1910), Cd. 5030 [Regulaciones de La Haya], y, el Cuarto Convenio de Ginebra relativo a personas civiles en tiempo de guerra, de 1949, 12 de agosto de 1949, 75 U.N.T.S. (1950) 287 [Cuarto Convenio de Ginebra]. Otras clases del derecho internacional también son aplicables. 17 Ibid. 18 17 de Julio de 1998, 2187 U.N.T.S. 3, online: Rome Statute of the International Criminal Court . 19 Jean Pictet, ed., Commentary IV Geneva Convention Relative to the Protection of Civilian Persons in Time of War (Geneva: International Committee of the Red Cross, 1958) at 283. 20 Supra, note 16; David Kretzmer, Occupation of Justice (Albany: State University of New York Press, 2002) at 77 (“Establishment of a settlement, which changes the nature of the land use, is inconsistent with the notion of usufruct.”); Georg Schwarzenberger, International Law as Applied by International Courts and Tribunals, Volume II: The Law of Armed Conflict (London: Stevens and Sons, 1968) at 248 (‘the occupant may not sell or destroy such property or alter its character, but must administer it in accordance with the rules of usufruct, that is, act like a bonus paterfamilias and limit its exploitation to the enjoyment of its natural and legal fruits’), citing W.W. Buckland and Lord McNair (ed. by Lawson, 1965), Roman Law and Common Law at 129; and Robert Jennings & Arthur Watts, eds., Oppenheim’s International Law, 9th ed., Vol. 1 (London: Longman, 1996) at 397-8. 21 The principle that the occupant’s use of what is produced from state-owned immoveable property is limited to meeting the expenses of the occupation has been confirmed by several court decisions after World War I and the decisions of the International Military Tribunal at Nuremberg. See, e.g., Ralli Brothers v. German Government (1923), [1923-24] 4 Tribunaux Arbitraux Mixtes 41 at 44, Ann Dig. (1923); CIE des chemins des fèr du Nord v. German State (1929), [1929-30] 4 Tribunaux Arbitraux Mixtes 67, Ann Dig. (1929) 498; and In re Flick, 14 Ann. Dig. 266. See also N.V. DeBataafsche Petroleum Maatschappij v. The War Damage Commission (1957), 23 I.L.R. 810 at 821-22. 22 International Covenant on Economic, Social, and Cultural Rights, 16 December 1966, 993 U.N.T.S. 3, common Art. 1(2); International Covenant on Civil and Political Rights, 16 December 1966, 999 U.N.T.S. 171, common Art. 1(2); UNGA Res. 1803 (XVII) (adopted 14 December 1962); UNGA Res. 3201 (S-VI) (adopted 1 May 1974) (‘Declaration on the Establishment of a New International Economic Order’); UNGA Res. 3281 (XXIX) (adopted 12 December 1974) (‘Charter of Economic Rights and Duties of States’); and Antonio Cassese, “Powers and Duties of an Occupant in Relation to Land and Natural Resources” in Emma Playfair, ed., International Law and the Administration of Occupied Territories (Oxford: Clarendon Press, 1992) 419 at 426. 23 Pictet, supra note 19 at 283. 24 UNGA Res. 3005 (XXVII) (adopted 15 December 1972); UNGA Res. 3175 (XXVIII) (adopted 17 December 1973); UNGA Res. 3336 (XXIX) (adopted 17 December 1974); UNGA Res. 31/186 (adopted 21 December 1976); UNGA Res. 32/161 (adopted 19 December 1977); UNGA Res. 34/136 (adopted 14 December 1979); UNGA Res. 35/110 (adopted 5 December 1980); UNGA Res. 36/173 (adopted 17 December 1981); UNGA Res. 37/135 (adopted 17 December 1982); and UNGA Res. 38/144 (adopted 19 December 1983). The voting records on the resolutions in the years 1979-83 remained virtually the same, with at least 80 per cent of member states voting in favour, Israel and the United States persistently voting against and nearly all other Western states abstaining (Nico Schrijver, Sovereignty over Natural Resources: Balancing Rights and Duties (Cambridge: Cambridge University Press, 1997) at 154). 25 International Law Commission, Draft Articles on Responsibility of States for Internationally Wrongful Acts with commentaries (2001) at 284 [ILC Draft Articles]; and Legal Consequences of the Construction of a Wall in the Occupied Palestinian Territory, Advisory Opinion (9 July 2004), para. 156 (I.C.J.) [Wall Advisory Opinion]. 26 ILC Draft Articles, ibid. at 284; and Wall Advisory Opinion, ibid., para. 157. 27 Barcelona Traction, Light and Power Company, Limited, Second Phase, Judgment, I.C.J. Reports 1970 at 32, para. 33, cited in Wall Advisory Opinion, supra note 25, para. 155. See also James Crawford, The Creation of States in International Law, 2nd ed. (Oxford: Clarendon Press, 2006) at 168. 28 Wall Advisory Opinion, ibid., para. 159. 29 ILC Draft Articles, supra note 25, Art. 41, page 286, para. 5. 30 Ibid., Art. 41(2); and Wall Advisory Opinion, supra note 25, para. 159. 31 Wall Advisory Opinion, ibid., para. 159. 32 Ibid., para. 158. In UNSC Res. 681 (adopted 20 December 1990), the Security Council called upon “the high contracting parties to the said Fourth Geneva Convention to ensure respect by Israel, the occupying Power, for its obligations under the Convention in accordance with article 1 thereof”. 33 Ibid. 34 UNGA Res. 3005 (XXVII) (adopted 15 December 1972); UNGA Res. 34/136 (adopted 14 December 1979); UNGA Res. 35/110 (adopted 5 December 1980); UNGA Res. 36/173 (adopted 17 December 1981); UNGA Res. 37/135 (adopted 17 December 1982); and UNGA Res. 38/144 (adopted 19 December 1983). 35 Op. cl. 7 (109 in favour, 3 against (Australia, Israel and the USA), 26 abstentions). 36 Advisory Opinion, [1971] I.C.J. Rep. 16, paras. 122-24. However, “the non-recognition of South Africa's administration of the Territory should not result in depriving the people of Namibia of any advantages derived from international co-operation. In particular, while official acts performed by the Government of South Africa on behalf of or concerning Namibia after the termination of the Mandate are illegal and invalid, this invalidity cannot be extended to those acts, such as, for instance, the registration of births, deaths and marriages, the effects of which can be ignored only to the detriment of the inhabitants of the Territory.” (para. 125.) 37 UNSC Res. 301 (adopted 20 October 1971). 38 UNSC Res. 283 (adopted 29 July 1970), Op. cls. 4-7. 39 UNGA Res. 35/227/I (adopted 6 March 1981), Op. cl. 5; UNGA Res. 43/29 (adopted 22 November 1988) (133 in favour, 9 against, 14 absentions), Op. cl. 9. 40 Case C.-432/92 R v. Minister of Agriculture, Fisheries and Food, ex parte S.P. Anastasious (Pissouri) Ltd and Others; Anastasiou II Case-C-219/98 Anastasious and Others, [2000] E.C.R. I-5241; and Anastasiou III C-C-140/02 Anastasious and Others, [2003] E.C.R. I-10635.
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