El
19 de Abril el juez Federal Urso (el tristemente célebre
integrante de la servilleta del judío ministro Corach),
transgrediendo toda la jurisprudencia, rechaza el pedido de
prescripción de la causa, la cual superaba los tres años sin
que se hubiese citado a indagatoria alguna. Además, basándose
en informes ostensiblemente falsos elaborados por los peritos de
origen judío y de orientación marxista guevarista, y por
pedido del fiscal Stornelli, otro empleado del ministro Corach y
casado con una funcionaria del gobierno de Menem, dispone el
procesamiento de Marcos Ghio, director del periódico El Fortín,
bajo la acusación de fomentar el odio y la persecución hacia
la comunidad judía e inventado una nueva figura penal: el
prejuicio. El periodista, con la obligada asistencia del
defensor oficial se presenta solo ante el juez corrupto y le
espeta la declaración que a continuación transcribimos. ¿Se
tendrá un nuevo caso Aldana?
AMPLIACIÓN
INDAGATORIA
Me
presento por segunda vez a prestar indagatoria pues en la
anterior no contaba con los elementos suficientes para formular
mi defensa ya que se me había negado la lectura del expediente
oportunamente solicitada con anterioridad.
Habiendo
leído ahora con atención sea la acusación del fiscal, como
los informes de los diferentes peritos nombrados para analizar
los contenidos del periódico El Fortín, el que tengo el sumo
honor de dirigir, así como la resolución final del Sr. Juez
Urso que resuelve mi procesamiento, declaro lo siguiente:
"Ratifico
totalmente lo expresado en los dos artículos incriminados y
especialmente en los renglones que se cuestionan. Si bien uno de
aquellos no ha sido redactado por mí, me hago cargo totalmente
del mismo y solicito que se haga de cuenta como que lo hubiera
escrito. Expreso vehementemente que los volvería a escribir de
la misma manera y afirmando exactamente lo mismo sin modificar
ni una coma."
"Rechazo
todo lo cuestionado como delictivo en los mismos, sea los
peritajes, como la acusación del fiscal y la resolución del
juez ya que, tal como demostraré en esta exposición en forma
documentada, los mismos se basan en falsedades evidentes y en
investigaciones sospechosas por lo parciales e ineficaces, por
lo que convierten en nula de nulidad absoluta sea las
acusaciones del fiscal, como el acto de procesamiento dictado
por el juez, ya que, insisto una vez más, las mismas se basan
manifiestamente en errores y falsedades."
"Para
sintetizar, antes del desarrollo que efectuaré de mis
argumentaciones, sostengo el carácter tramposo y fraudulento de
este procedimiento que se me ha aplicado por las razones que a
continuación expondré:
a)
Impugno el carácter parcial de al menos dos peritos, así como
de la persona que los propone.
b)
Sostengo el carácter falaz de lo que los mismos informan, lo
que demostraré documentalmente.
c)
Impugno la acusación del fiscal por haber a su vez falsificado
la misma opinión ya falsa de los peritos, y por lo tanto haber
agravado el acto de prevaricato en el cual los mismos ya habían
incurrido, pues se trataría de una doble falsificación; la
primera de parte de los peritos ha sido hacerme decir lo que
nunca escribí, y la segunda, de parte del fiscal, hacerles
decir a los mismos lo que en ningún caso dijeron.
d)
Impugno por último el acto de procesamiento dictado por el juez
porque ha modificado también la declaración de un perito
convirtiendo aquello que me favorecía en un acto de acusación
inexistente en el mismo y habiendo a su vez incurrido en errores
lógicos muy notorios, los cuales invalidan totalmente su
resolución.
Paso
seguidamente a desarrollar cada una de mis proposiciones.
IMPUGNACIÓN
DEL PROCEDIMIENTO
El
suscripto no niega que en la República Argentina pueda existir
literatura antisemita, pero enfáticamente afirma que la
publicación que él dirige no se encuadra en tal calificativo.
Además quiere hacer notar que en el informe presentado por la
Daia y el embajador de Israel como previo a la investigación y
firmado por la Lic. Liliana Gurevich (fs. 34-39) en donde se
hace una lista de publicaciones antisemitas en ningún caso está
citado El Fortín.
Es
muy fácil de detectar el carácter para nada antijudío de
nuestra publicación tratando de analizar no artículos sueltos
o renglones sacados de contexto, lo que como veremos han hecho
los peritos, sino la línea editorial del periódico en su
conjunto y toda vez que específicamente se trate el problema
judío.
Al
respecto queremos hacer notar que, a poco de tomar conocimiento
de los allanamientos efectuados en diferentes librerías en
donde se secuestraron ejemplares de El Fortín, el suscripto se
presentó voluntariamente ante este juzgado poniendo a disposición
de la fiscalía aquel número de su periódico en donde se
fijaba posición respecto de tal tema y específicamente en el
artículo titulado "Nazismo y Judaísmo: una falsa
disyuntiva", publicado en El Fortín de Junio de 1991, en
el que se sostenía una postura de rechazo hacia el
antisemitismo racista de carácter nazi y, siguiendo el
pensamiento del autor tradicionalista Julius Evola, el que luego
se desarrollará, se rechazaba aquella postura exclusivista de
querer reducir el problema de la subversión al accionar de los
judíos. Quiero resaltar como cosa curiosa, y que pone en
evidencia el carácter al menos extraño del procedimiento
empleado por el Sr. Fiscal, que lejos de incluirse tal publicación
como factor de investigación, se pidió que se la mandara a
archivar.
A
su vez quiero resaltar que resulta sumamente llamativo que, para
efectuar una investigación sobre los contenidos de un periódico
de fácil lectura que versa sobre temas de actualidad, el fiscal
haya tenido que acudir a la colaboración de peritos.
Sospechamos, y como veremos no es una sospecha infundada, que ni
siquiera debe haberse tomado el trabajo de leerlo.
Ahora
bien, quiero detenerme en la identidad sea de los peritos como
de la persona que los propone. Este último, actualmente decano
de la Facultad de Sociología, Juan Carlos Portantiero, es un
conocido intelectual marxista leninista de dilatada trayectoria.
El mismo fue expulsado del Comité Central del Partido Comunista
Argentino por adherir a las posturas de Mao tse Tung. Acotemos
que la polémica entre rusos y chinos era acerca de la mejor
manera para derrotar al capitalismo en el mundo. Los rusos
sostenían la coexistencia pacífica, que consistía en vencer a
tal sistema mostrando las ventajas que proporcionaba la sociedad
comunista a la humanidad, los chinos en cambio decían que la
guerra era el medio para conseguir el triunfo del socialismo. Es
decir, dicho decano adhería a la postura más extremista e
intolerante del pensamiento marxista. A su vez acotemos que de
los tres peritos que participan de la investigación sólo dos
me incriminan en un informe escrito (agreguemos que luego uno de
ellos se retracta en la testimonial oral), el tercero en cambio
no lo hace. Esas dos personas que me acusan son profesores de la
facultad de sociología y miembros de la cátedra Che Guevara y
a su vez, por si faltara algo para hacer más parcial todavía
tal selección, ambos son de origen judío. Me anticipo a
afirmar, a fin de que con tal aseveración no quiera acusárseme
de algún nuevo acto discriminatorio, que no tengo absolutamente
nada en contra de que una persona sea judía o marxista o maoísta.
Lo que yo objeto es la parcialidad de los peritos. No puede ser
que a alguien a quien se acusa de antisemita sea peritado por
personas pertenecientes a la misma comunidad respecto de la cual
pesa la sospecha de que el suscrito discrimina. De la misma
manera yo soy alguien que, como se desprende del mero hecho de
dirigir el periódico El Fortín, no esconde sus ideas. El
comunismo es una ideología contraria a mi manera de pensar y
contra la cual he combatido a lo largo de mi vida con medios
pertenecientes principalmente al plano de las ideas. Nos
hallamos aquí entonces que, al comulgar los peritos con tal
ideología contraria a mi persona, aparece una segunda razón de
parcialidad de los mismos.
Sin
embargo tal parcialidad no solamente es supuesta por mí.
Demostraré seguidamente con pruebas que la misma ha existido de
manera notoria. No sin antes dejar de recordar un famoso pasaje
del Libro Rojo de Mao tse tung. "Para un marxista leninista
son morales sólo aquellas acciones que favorecen los intereses
históricos del proletariado e inmorales en cambio las que los
contradicen". Acotemos que por intereses históricos se
entiende la ideología marxista. Por lo tanto un maoísta opina
en forma maquiavélica que el fin justifica los medios. Para el
pensamiento totalitario mentir es por ejemplo un medio apto para
hacer triunfar la propia idea, la cual representa esos intereses
históricos del proletariado antes mentados.
Ahora
bien, vayamos seguidamente a las mentiras vertidas por los
peritos en su informe:
Primera
acusación: Haber sostenido que "el
pueblo judío intenta conquistar diferentes territorios de
nuestro país,
como la Patagonia". Y por lo tanto por haber difundido tal
"falacia promover el desprecio y el odio hacia los
potenciales 'usurpadores'".
Ahora bien ¿de dónde recaban los peritos tal acusación? Aquí
hay que notar que en ninguna parte del escrito se ha manifestado
expresamente tal cosa. Ellos lo inducen de un pasaje de cuatro
renglones del texto de una conferencia que diera en distintas
localidades del país y que se reprodujera en El Fortín N°1 de
Octubre de 1995. En el mismo se dice textualmente: "Una
obra que debería ser libro de cabecera para muchos, Los
Protocolos de los Sabios de Sión, nos dice expresamente que
para lograr el dominio de una Nación hay que sembrar en ella
doctrinas falsas ex profeso para de este modo sembrar la anarquía
y desconfianza entre sus habitantes." De acuerdo a los
"peritos" sería en esta obra en donde se acusa a los
judíos de querer ocupar territorio argentino. Lo curioso es
que, a pesar de tratarse de académicos de una universidad, se
cuidan muy bien de citar la página y el párrafo en donde según
ellos se diría tal cosa en la obra aludida. Y ello no es por un
descuido, sino por la sencilla razón de que en ninguna parte de
la misma se expresa lo que los peritos manifiestan con tanta
seguridad.
Quiero
solicitar formalmente por este medio que se convoque a los
peritos y que en un careo con mi persona se les pregunte: "¿Pueden
decirnos Uds. en cuál pasaje de Los Protocolos de los Sabios de
Sión se menciona a la República Argentina?".
Seguramente no lo van a poder hacer porque, reitero una vez más,
ello no aparece en ninguna parte de dicha obra. Por lo tanto
habría que preguntarles seguidamente: "¿Han leído Uds.
los Protocolos?". Y esto no es una mera disquisición académica,
es lo que hace al meollo de la acusación, pues el señor
fiscal, haciéndose eco de lo que dicen los peritos, y
magnificando sus afirmaciones, ya que los mismos se referían en
términos potenciales, manifiesta expresamente en su acusación
hacia mi persona que "se determinó la presencia de
diferentes afirmaciones tendientes a lograr el desprecio y odio
hacia la raza judía afirmando particularmente que la misma tiende
a conquistar diferentes territorios de nuestro país,
como por ejemplo, la Patagonia".
Lo que vemos que es una falsedad si llega a determinarse como yo
ofrezco como prueba contundente que tal cosa no se expresa de
ninguna manera en la obra los Protocolos.
Ahora
bien, reconozco que es cierto que se dice en varios círculos
que los judíos o al menos un sector de tal comunidad quiere
ocupar territorio de la República Argentina y constituir allí un
nuevo Estado.
Pero eso es algo que no lo he dicho yo. Voy a darle una pista
importante al señor fiscal ya que reseñaré la obra en donde
tal afirmación aparece por primera vez, tratándose de un
material de invalorable prueba para las generaciones de
argentinos y que también me animaría a decir que debería, si
bien no ser un libro de cabecera, al menos estar en varias
bibliotecas. Se dice en dicha obra: "¿Cuáles son los
territorios existentes en el planeta en donde es conveniente que
se instale un Estado judío? Y se responde: "Sólo dos:
Palestina y la Argentina." Luego se pregunta "¿Palestina
o la Argentina? ¿A cuál de los dos hay que dar
preferencia?" A lo que responde: "La Argentina es por
naturaleza uno de los países más ricos de la tierra, de
inmensa superficie, población escasa y clima templado." Y
agrega: "La República Argentina tendrá el mayor interés
en cedernos una porción de tierra." ¿Y cómo se logra
establecer un Estado
judío en la Argentina?
El autor pasa seguidamente a exponernos el plan. "En la
Argentina se han hecho notables tentativas de colonización
basadas en el principio equivocado de la infiltración paulatina
de judíos.
Y ello ha dado siempre resultados negativos pues ha suscitado el
odio entre la población. La emigración sólo tiene sentido
cuando su base es nuestra soberanía garantizada. Para ello se
entablarán negociaciones con las actuales autoridades supremas
del país y bajo el protectorado de las potencias
europeas..." Como había personas que no entendían
suficientemente el procedimiento sugerido nos da un ejemplo práctico
de cómo hacer una conquista en estos tiempos. "Por ejemplo
si tuviéramos que exterminar a las fieras en un determinado país...
no atacaríamos aisladamente a los osos armados de jabalinas y
lanzas, sino organizaríamos una gran cacería, dando batida a
las bestias hasta tenerlas reunidas y entonces les arrojaríamos
una bomba de melinita". Ahora bien una adivinanza que aquí
propongo. ¿Si esto no está dicho en los Protocolos, ni tampoco
es producción mía, en dónde es que está escrito? Pues bien,
esto lo escribió Teodoro
Hertzl, el fundador del Movimiento Sionista,
en 1898, en su obra El Estado judío y yo lo extracto de una
editorial judía del año 1949, denominada Ediciones Israel, y
mi cita es de las páginas 110-112. Por lo tanto es ésta la
persona que ha manifestado la
intención judía de ocupar territorio argentino,
no lo he formulado yo ni tampoco la obra los Protocolos.
Pero
volvamos a analizar la tarea de nuestros queridos peritos. Lo
que ha sucedido es que los peritos se han informado muy poco en
su labor de peritaje. Quiero recordar aquí al respecto un vicio
reiterado también en el fiscal. Lejos de analizarse la línea
editorial de nuestro periódico, se ha efectuado una tarea de
cirujano, desmenuzando partes y sacándolas de contexto. Pero
ello no sólo se lo ha hecho con el periódico en su conjunto,
sino aun con los mismos artículos que se ha pretendido
analizar. Quiero recordar el título del artículo incriminado:
Julius Evola y el nacionalismo argentino, es decir que el
contenido del mismo versaba sobre los aportes que tal importante
autor tradicionalista podía efectuar al pensamiento nacional
argentino, tratando de actualizarlo a fin de que superara viejos
esquemas, casualmente uno de ellos referido a la valoración del
problema judío. Por lo tanto todo lo que en el artículo se
expresa es ni más ni menos que la exposición del pensamiento
de Julius Evola del cual yo soy uno de los principales
promotores en el mundo de habla hispana ya que he traducido la
casi totalidad de sus obras y he divulgado su pensamiento dando
conferencias en ciudades españolas, italianas, y en distintas
localidades de nuestro continente como en el salón municipal de
Miraflores en Lima, en la Academia de Chile de Santiago, así
como una innumerable cantidad de ponencias sobre dicho tema en
nuestro país.
Quisiera
que se le preguntara a los peritos, si es que se acepta mi
pedido de careo, si ellos han leído alguna obra de Julius
Evola. O hasta me animaría a preguntarles: "¿Saben quién
fue Evola? ¿Sabían de su existencia antes de leer mi artículo?".
Julius Evola ha sido uno de los pensadores más prolíficos de
este siglo, ha escrito ensayos valiosísimos sobre el tantrismo,
el buddhismo, el hermetismo, el Grial, sobre la metafísica del
sexo, etc. En la actualidad hay nada menos que 186 sitios en
internet que tratan sobre dicho autor y yo tengo el orgullo de
ser el presidente del Centro de Estudios Evolianos que da
conferencias asiduamente en nuestra ciudad. Esto viene a colación
porque es de Evola la interpretación que nosotros damos de los
Protocolos, la cual extractamos de su fundamental obra Los
Hombres y las Ruinas, que dice al respecto en su pág. 171 en la
edición castellana traducida por mí: "El documento en
cuestión fue presentado como un protocolo que, sustraído a una
organización secreta judeo-masónica, revelaría un plan
estudiado y puesto en ejecución para la subversión y destrucción
de la Europa tradicional. Acerca de la mayor o menor
autenticidad de los Protocolos se ha desencadenado una polémica
por lo demás violenta y compleja, la cual sin embargo puede ser
liquidada por la justa observación de Guénon en el sentido de
que una organización verdaderamente oculta... no deja tras de sí
escritos o protocolos". Es decir, nuestro autor acepta que
se trata de una falsificación y que no puede ni debe ser
atribuida a los judíos. Sin embargo, el hecho de que sean un
plagio no le quita para nada valor. "Quien habla de plagio
tendría que tener efectivamente presente que aquí no se trata
de una obra literaria y de sus derechos de autor. Nos
explicamos, un general al confeccionar un plan de batalla podría
también hacer uso de un material y de escritos preexistentes,
no suyos, que contuviese ideas aptas para su fin: se trataría
de un plagio, pero ello sería irrelevante respecto de si tal
plan ha tenido o no éxito... el único punto importante y
esencial es el siguiente: este escrito forma parte de un grupo
de varios otros que en formas diversas, de manera en mayor o
menor medida fantasiosa e incluso novelesca, han traducido la
sensación de que el desorden de los tiempos últimos no es
casual, que el mismo corresponde a un plan cuya especie el texto
aquí citado indica con exactitud las fases y los instrumentos
fundamentales". Es decir que para Evola y para nosotros el
valor de los Protocolos estriba en el hecho no de que en ellos
se diga que son los judíos los agentes de la subversión, sino
que allí se indica que los fenómenos de la decadencia que vive
el mundo moderno no son producto del azar, ni tampoco de la
fatalidad histórica, sino que obedecen a un plan perfectamente
pergeñado por el que los acontecimientos son dirigidos hacia un
rumbo determinado. Esto es lo que el tradicionalismo conoce como
visión tridimensional de la historia. Además de los hechos y
de los ejecutores visibles de la historia, existen fuerzas que
actúan desde los bastidores.
Y
eso es lo que se dice en el texto del que se me acusa de manera
prejuiciosa a pesar de que allí la palabra judío no aparece
mencionada una sola vez.
Con
respecto a la idea muy usual en ciertos ambientes, y reconozco
que también en el seno del nacionalismo argentino, de querer
reducir el problema de la subversión al accionar de los judíos,
Evola es contundente: "afirmar que el complot mundial tendría
por jefes a los judíos y que la obra de destrucción de la
civilización tradicional europea y cristiana habría sido
proyectada y desarrollada para poder luego realizar el imperio
universal de Israel, es algo que va demasiado lejos y es incluso
oportuno preguntarse si justamente el antisemitismo fanático,
inclinado en ver por doquier al Judío como el deus ex machina,
no haga inconcientemente el juego al enemigo ya que uno de los
medios usados por las fuerzas enmascaradas para defenderse
consiste en hacer de modo tal que toda la atención de sus
adversarios se remita hacia quien sólo en parte es responsable
de ciertos hechos, para de esta manera encubrir el resto".
Y esta es la idea reiterada permanentemente por la línea
editorial de El Fortín en donde se ha dicho textualmente:
"No tenemos nada en contra del judaísmo como concepción
del mundo y religión. Evidentemente no es la que nos
corresponde de acuerdo a nuestra tradición; es diferente
nuestro vínculo con lo sagrado del que se expresa en cambio en
los pueblos semitas, pero respetamos en ella su dimensión metafísica.
El único judaísmo que rechazamos es el profano... Pero en la
actualidad... tal tendencia hacia la secularización se ha
universalizado (y por lo tanto) hoy en día es absurdo querer
echarle la culpa de todos los males a los judíos, cuando la
subversión moderna cuenta en sus filas con múltiples agentes
que no son de tal raza o confesión. Para nosotros el problema
no es el judío sino la modernidad."
"Con
repecto al problema judío nosotros nos ubicamos sea afuera del
antijudaísmo católico integrista, como del sustentado por el
nazismo biológico... No creemos que el judío deba convertirse
al cristianismo, sino a la propia religión. Es más, si bien no
compartamos el contexto en el cual se lo ha hecho, avalamos que
se haya suprimido del misal católico la calificación de
deicida y pérfido dirigida en forma genérica al pueblo judíos.
Como si los descendientes tuviesen algo que ver con lo efectuado
por sus antepasados o como nuevamente si tal situación
solamente pudiese hallarse en el seno de dicha comunidad".
Terminábamos el artículo diciendo: "tal postura nuestra
con respecto al judaísmo ha suscitado las reacciones airadas de
los sectores güelfos que no han dudado en calificarnos debido
al terrible desvío y herejía en que habríamos incurrido, como
judíos encubiertos". (El Fortín, N¼ 11, Marzo 1999). Lo
gracioso del caso es que hoy en día, quien sabe por cuál extraña
razón, tengamos que ser justo nosotros que tenemos una posición
no crítica hacia el judaísmo en general, los que seamos
procesados por violar la ley antidiscriminatoria.
SEGUNDA
AUSACION
Pero
vayamos ahora al segundo fragmento cuestionado. En el N°3 del
periódico de la misma época, en una columna titulada Desde el
Mangrullo, se relataba de manera jocosa un hecho puntual: que el
20 noviembre de 1995, en ocasión de conmemorarse los 150 años
del combate de la Vuelta de Obligado, instituido en nuestro país
como el día de la Soberanía Nacional, sucedían dos hechos
significativos. El primero de ellos era la llegada de la extinta
princesa Diana de Inglaterra y el segundo era la extradición de
Erich Priebke. En dicho número se hacía la siguiente analogía.
Si a Priebke se lo extraditó por haber participado de la
matanza de más de 300 personas como un acto de represalia
durante una guerra, y ese hecho había acontecido hace más de
cincuenta años, a nosotros también nos había sucedido lo
mismo con los muertos del Crucero Gral. Belgrano durante la
guerra de las Malvinas hace menos tiempo y no se había
efectuado ningún pedido de extradición hacia la Sra. Tatcher,
ni menos aun hacia la princesa Diana, representante de la Corona
británica, la que por lo contrario era recibida con honores por
nuestro gobierno. Resaltábamos allí entonces los privilegios
de los que gozaba la comunidad judía en el mundo ya que podía
conseguir extradiciones y no prescripción por los delitos
padecidos por ella y se agregaba textualmente que, gracias a su
gran poderío, ellos han conseguido que, mientras que los
delitos cometidos en contra de otras comunidades sean pasados
por alto o se disminuya su importancia, en cambio "se llame
genocidio y delito contra la humanidad a la muerte de alguno de
ellos".
Veamos
las conclusiones que extraen los "peritos" los cuales
por supuesto, actuando nuevamente como cirujanos de textos, no
tienen para nada en cuenta la comparación aquí aludida y tan sólo
se refieren a lo que decimos de Priebke:
"La
apelación a una 'comunidad privilegiada' supone al mismo tiempo
la existencia de comunidades avasalladas por aquellas. Sugiere
la existencia de colectividades que usufructúan de otras, y
como tal es un llamamiento a derribar y combatir ese supuesto
privilegio".
Nuevamente
nos hallamos aquí con un ostensible prejuicio. Que la comunidad
judía goce del privilegio de conseguir la extradición de
quienes habrían cometido delitos en contra de ella, no
significa en manera alguna que por tal causa estemos siendo
oprimidos por ellos, ni que estén usufructuando de nosotros. En
todo caso hay aquí una apelación a la equidad, es decir que
también nosotros gocemos del mismo privilegio que en cambio
ellos solos poseen. En el artículo no se decía que no había
que extraditarlo a Priebke, se afirmaba tan sólo que además se
hiciera lo mismo con la Sra. Tatcher o con la princesa Diana.
Pero
continúa la mala fe de los peritos: "La negación del
holocausto y la conversión de la víctima en victimario, al
sugerirse que fueron los judíos los inventores de la Shoá (el
genocidio efecutado por los nazis), implica no sólo negar
hechos históricos, sino que sugiere culpabilizar a quienes los
sufrieron. La negación del holocausto no es una discusión histórico
empírica. Tiene implicancias sociológicas en la medida de
funcionar como patrón de memoria y de convivencia humana. Negar
el acontecimiento tiene implicancias enormes para una sociedad;
pero lo tiene aun más rebatir el carácter perverso de dicho
acontecimiento, como queda expuesto en la siguiente frase:
'llamarse genocidio a la muerte de alguno de ellos' ".
Como
vemos siguen los prejuicios. En el artículo aludido no se
negaba la muerte de judíos en la segunda guerra mundial,
simplemente se ponía énfasis nuevamente en el privilegio del
que gozan en cuanto a su reivindicación los miembros de tal
comunidad, ya que tales calificativos de genocidio, holocausto,
etc. para referirse a asesinatos sólo son hoy mencionados en
relación al pueblo judío y no a otros como los japoneses
masacrados en Hiroschima y Nagasacki, las víctimas de los
Gulags soviéticos, los armenios y los mismos palestinos a manos
del Estado Sionista de Israel, etc. Como se ve una vez más en
tal apelación a la equidad no hay ningún llamado al odio, en
cambio sucede que el odio hacia tal comunidad lo promueven tales
actitudes intolerantes y prejuiciosas de los peritos.
Pero
no concluye aquí la actitud delirante. Según éstos haber
manifestado "muerte de alguno de ellos", "implica
un grado de morbosidad hacia el dolor de la víctima, que de por
sí asume una forma de violencia moral percibida socialmente
como impune". Por lo que sabemos, y los peritos Cohen y
Elbaum son un testimonio de ello, en los campos de concentración
nazis no murieron todos los judíos del planeta, sino
simplemente algunos. En la palabra "alguno" u
"algunos" no se está indicando una cifra, pueden ser
dos o cincuenta millones. Acá reitero que no debe escaparse el
tema central del artículo que era el reclamo por la extradición
de los responsables de la muerte del crucero Gral. Belgrano, por
lo tanto no era intención del mismo analizar el problema de las
cifras de judíos muertos en la Segunda guerra mundial.
¿Es
que acaso los periodistas argentinos estamos obligados siempre a
aclarar cuando hablamos de tal tema que fueron seis millones los
judíos muertos, así nos dejan tranquilos y no damos lugar a
suspicacias? Parece mentira como este tema traumatice tanto a
ciertos judíos. Para ello veamos lo que sigue del informe: no
contentos con haberme calificado como violento por no haber dado
la cifra exacta de judíos muertos continúan con sus
calificativos en un terreno que ya accede a lo paranoico.
"La expresividad de este tipo de afirmaciones (la antes
aludida) debe ser relevada en relación con aquellos que
perdieron a la totalidad de su familia en los campos de muerte
del nazismo y leen exasperados la violencia simbólica de unas
afirmaciones sustentadas en los mismos principios que guiaron la
administración de los campos de concentración". Vemos aquí
pues expresada la intolerancia que se vive en los tiempos
actuales. Si en otra oportunidad se dijo que, de acuerdo al
pensamiento inquisitorial de hoy en día, quien niega el
holocausto en el fondo lo está promoviendo, ahora el vuelco es
más extremo todavía, se dice: quien al hablar de los judíos
no precisa expresamente que murieron 6.000.000 en los campos de
concentración posee la misma lógica que los carceleros de
Auschwitz.
Pero
nuevamente la gran diferencia entre el análisis de los peritos
y la requisitoria del fiscal es que los primeros suponen, el
segundo en cambio amplifica los dichos hasta lo insólito. Así
es como llega a afirmar: "se verificó la existencia de
afirmaciones tendientes a responsabilizar a la colectividad judía
del genocidio de la Segunda Guerra Mundial, mediante la negación
de su existencia e implicancias". Realmente debemos suponer
que el fiscal no ha pensado en lo que escribía ya que, en
primer lugar, nosotros estábamos hablando de los muertos del
crucero Gral Belgrano y no de los judíos muertos en la Segunda
Guerra, en segundo lugar el hecho de negar que hayan muerto
6.000.000, lo cual reiteramos no era lo escrito en el artículo,
dista enormemente de "responsabilizar a los judíos del
genocidio de la Segunda Guerra". Hay que realmente tener
una gran ignorancia o una terrible mala fe para llegar a tales
afirmaciones, las cuales por lo absurdas que son eximen de
cualquier comentario adicional.
IMPUGNACION
DEL PROCESAMIENTO
Queremos
resaltar aquí que el juez rechazó en dos oportunidades las
requisitorias del fiscal de solicitar que se me cite a
indagatoria, resaltando la insuficiencia de la prueba y de las
argumentaciones aportadas, pero una tercera vez, y sin que haya
sucedido ningún hecho adicional que así lo ameritara, el juez
cambia repentinamente su dictamen citándome a una indagatoria.
Acotemos
como dato realmente significativo que de los dos peritos que me
acusaban, al ser llamados a declarar verbalmente, sólo uno de
ellos, Jorge Elbaum, quien había sido propuesto por la parte
querellante, Daia, ratifica lo dicho en su informe, el otro en
cambio, el perito oficial, Néstor Cohen, se rectifica de sus
dichos, ya que si en el escrito había manifestado que nosotros
habíamos incurrido en actos discriminatorios en dos
oportunidades, ahora expresa que sólo puede asegurar que hay
prejuicio y no discriminación.
Pero
lo curioso del caso es que el juez Urso, en vez de interpretar
tal declaración como algo favorable a mi persona, la considera
como un agravante cometiendo la insólita conducta de modificar
nuestro Código Penal al agregar una nueva figura delictiva
hasta ahora inexistente: el prejuicio.
Para
esclarecer el tema repasemos lo que los peritos manifiestan al
diferenciar los dos términos prejuicio y discriminación. Para
éstos el prejuicio "conlleva a una opinión negativa sobre
un colectivo... sin embargo dicha opinión no suele implicar
necesariamente una convocatoria a la segregación, estigmatización
o demonización del integrante colectivo juzgado". Por lo
tanto "el prejucio es una desvalorización pasiva del
otro", al no convocar a su marginalización. Quien prejuzga
opina, no acciona. Supone, no hace proselitimo en contra de la víctima
de su aprensión. Por el contrario los procesos de discriminación
tienen como característica fundamental la organicidad y
sistematicidad. Por lo tanto el prejuicio supone opinión, la
discriminación es acción e intervención en las relaciones
sociales.
Y
agrega más adelante: "La sociología diferencia entre
prejuicio y discriminación al separar las opiniones que se
enmarcan en las creencias privadas y particulares y como tales
en su derecho de ser expresadas públicamente aunque hieran
susceptibilidades diversas, (en este caso la de algunos miembros
de la colectividad judía) de aquellas que implican un
proselitismo y una direccionalidad que convoca a un impacto político
(la discriminación)".
Nosotros
no concordamos con la postura de Cohen en el sentido de que
hayamos incurrido en prejuicios en nuestros escritos, ya que
todos están perfectamente fundamentados, sin embargo de
aceptarse tal calificación no nos hallaríamos con un delito,
sino con una mera descalificación moral. Por lo tanto, amén de
aceptarla o no, al haber caracterizado Cohen a los artículos de
El Fortín como compuestos de prejuicios que no llegan a ser
discriminación, queda perfectamente claro en él que no me
acusa de delito alguno sino tan sólo de sostener un mero
prejuicio, aunque éste se manifieste y "hiera
susceptibilidades".
El
juez Urso ha interpretado en cambio que el perito Cohen decía
que "el prejuicio resulta ser el medio por el cual se
incita o alienta al odio y a la persecución contra una persona
y la acción concreta sería el acto discriminatorio propiamente
dicho". Esto no es de ninguna manera lo que dice la
sociología ni lo que han dicho Cohen y Elbaum (nuevamente sería
conveniente un careo para que aclararan si esto es lo que
quisieron decir como prejuicio), sino todo lo contrario. El juez
parece confundir prejuicio con discriminación y no haber
entendido convenientemente las distinciones efectuadas por Cohen
y Elbaum. No es que el prejuicio y la discriminación se
diferencien porque uno es verbal y otro es fáctico, sino que
los dos actos pueden ser verbales por igual. Si le resulta claro
al juez un ejemplo le doy el siguiente. Decir no me gustan los
negros, es un prejuicio. Decir en cambio se prohibe a los negros
entrar a este local, es un acto discriminatorio. Decir los judíos
son una comunidad privilegiada puede ser un prejuicio (siempre y
cuando no se lo fundamente con manifestaciones empíricas).
"Hay que expulsar del país a esa comunidad
privilegiada" es en cambio un acto discriminatorio. Por lo
tanto si el juez ha aceptado la interpretación del Lic. Cohen
como él dice, no se trata aquí de un delito, sino en todo caso
de un hecho reprochable moralmente. Además agreguemos que el límite
existente entre juicio y prejuicio es sumamente sutil. El juicio
se basa en una afirmación corroborada por la experiencia, no así
el prejuicio. Pero hasta qué punto tal corroboración ha sido
efectuada en plenitud es algo sumamente subjetivo, en especial
si nos hallamos en la esfera de las ciencias humanas como en
este caso. Lo cierto es que ambos, juicio y prejuicio, son
opiniones. Una simple opinión aunque hiera susceptibilidades no
es delictiva. Es necesario probar que la misma posea la
intencionalidad de convocar al odio y a la persecución. En tal
caso la misma se convierte en un acto discriminatorio. Por ello
como correctamente afirman los peritos: "si bien toda
discriminación implica un prejuicio, no todo prejuicio implica
una discriminación". Por lo tanto querer penar a una opinión
simplemente porque el juez opina que se trata de un prejuicio
resulta un acto sumamente peligroso y lesivo para la libertad de
prensa. De aquí en más nunca se sabrá hasta qué punto habrá
que documentarse en la emisión de las propias opiniones a fin
de no ser tachado por los jueces como prejuiciosos y condenados
por lo tanto a prisión. De universalizarse tal conducta se
terminaría para siempre con el periodismo independiente.
Por
último acotamos que habiendo aceptado el juez, según sus
dichos, la clasificación dada por el perito Cohen, es lógicamente
inválido el razonamiento con el cual funda su sentencia por lo
que demostraremos:
"Primera
premisa: Este juzgador comparte la conclusión de que los artículos
no resultan ser un acto discriminatorio..."
"Segunda
premisa: Pero los artículos cuestionados tienen la capacidad
para alentar o incitar... a la persecución o al odio contra una
persona o grupos..."
Es
decir que si alientan al odio y a la persecución representan un
acto discriminatorio. Una cosa no puede ser simultaneamente ella
misma y su contrario. Por lo tanto se ha violado la ley lógica
de no contradicción. Por ello alego la nulidad del acto de
procesamiento en razón de su falta de logicidad.
PEDIDOS
Por
lo dicho reitero los siguientes pedidos:
-
Que se convoque a un careo con mi persona a los peritos Elbaum y
Cohen a fin de que aclaren sus dichos.
-
El rechazo de las requisitorias del Sr. Fiscal por haberse
fundado en apreciaciones manifiestamente falsas y erradas.
-
La nulidad del acto de procesamiento del juez por haber
incurrido éste en procedimientos de manifiesta invalidez lógica
y errores de información.
-
Que se rechace el pedido formulado por el Sr. Fiscal de archivar
el ejemplar de junio de 1991 de El Fortín por mí presentado
oportunamente como prueba.
-
Que dicha declaración con sus correspondientes pedidos sea
incluida como descargo en el proceso que se me sustancia.
MARCOS
GHIO
Conclusión
de los hechos:
La Cámara Federal anuló el procesamiento dictado por el juez
Urso al que retó por haber dejado pasar demasiado tiempo para
convocar a indagatoria, dictando así la prescripción de la
causa. Al poco
tiempo se produjeron los siguientes hechos. Juan Carlos
Portantiero falleció de muerte natural, recibió varias coronas
en su entierro, entre ellas las de los ex presidentes Alfonsín
y Kirchner. Siguen dando clases los aludidos Cohen y Elbaum
formando a nuestra juventud en la democracia. Urso, a pesar de
haber hecho buena letra con la colectividad judía dictando mi
procesamiento, ello no le sirvió por sus vínculos estrechos
con el gobierno de Menem, actualmente no está más en la
justicia ni tiene cargo público. Stornelli en cambio zafó y
gracias a su buena ‘investigación’ es hoy ministro de
seguridad en la provincia de Buenos Aires en donde sigue
trabajando idóneamente por el bien común. Marcos Ghio sigue
luchando contra esta excrecencia.
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