DERECHO A HUELGA EN LA CONSTITUCIÓN DEL 49 por Alberto Buela (*)
Con esto del discurso de Cristina Fernández cuando asumió como presidenta por segunda vez se han desatado de nuevo los demonios ocultos contra el peronismo. Así tanto por acción como por reacción las explicaciones no solo son falsas sino, cuando pretenden pasar por inteligentes, estultas. No
menos de una veintena de compañeros nos han
llamado para recordarnos que hemos sido desde hace años los
primeros en marcar la diferencia entre La
presidenta afirmó: “lo digo por
los que reivindican a Perón y nos critican a nosotros. Con nosotros el
derecho a huelga existe, en La falacia del razonamiento es evidente: “Yo soy más peronista que Perón, porque contemplo el derecho a huelga y él no. Soy más democrática. Soy más inclusiva. Soy más progresista y menos reaccionaria”. Las
reacciones ante este razonamiento fueron de dos tipos: los que sostienen
en forma abogadil que el derecho a huelga es un derecho implícito en En una palabra, quieren defender a Perón defendiendo el derecho a huelga, cuando en realidad ni Perón ni Sampay se pusieron a defenderlo. Hace cosa de un mes participamos en el homenaje a Arturo Sampay (2011 es el año de su centenario) en el salón de los Pasos Perdidos invitados por Pino Solanas y, paradójicamente, éste defendió como Cristina y De Genaro el derecho a huelga, en contra de la tesis de Sampay-Perón. Claro está, en el fondo P. Solanas es también un socialdemócrata. Para
entender el razonamiento Perón-Sampay hay que ubicarse en el contexto
histórico: inmediata post guerra mundial y la no existencia de los
“derechos subjetivos”. Cuando se presenta Vuelvo a repetir el razonamiento de Perón-Sampay: Si postulamos una justicia social por ley no se puede plantear una objeción (la huelga) a tal justicia. Mutatis mutandi(cambiando lo que haya que cambiar) este es el mismo razonamiento por el cual los jueces no pueden hacer huelga. Pues, ¿cómo voy a sostener un sistema de justicia y al mismo tiempo ir contra ese sistema? Claro
está, nosotros estamos en 1949, todavía bajo el régimen del derecho
objetivo. Pero esto desaparece poco tiempo después, pues por presión de
los diferentes lobbies
internacionales: los judíos que pretenden establecer una equivalencia
entre el holocausto y la crucifixión de Cristo, los gays que pretenden
matrimonios para no tener hijos y los demócratas que pretenden una
democracia sólo para ellos, el derecho objetivo es reemplazado
paulatinamente por el derecho subjetivo. Eso se ve claramente en el asunto
de los derechos humanos en donde los derechos sociales (derechos de
segunda generación contemplados en Nadie hoy (nosotros incluidos) está en condiciones de defender “la no huelga”, pero casi nadie está en condiciones de entender el “por qué no”. Pablo Ramella, reconocido jurista a quien hemos tratado asiduamente, se opuso a “la no huelga” a lo que Sampay respondió: “doctor Ud. no cree totalmente en la revolución que proponemos. Además la ciencia jurídica es restitutiva y un derecho al no trabajo como la huelga es equivalente a un derecho al no asesinato, esto es, un hierro de madera, un sin sentido.” Cuando
una buena peronista como Graciela Caamaño le retruca desde la banca a la
presidente: Con Perón no había
conflictos, no es cierto. Los hubo y si no la huelga de De modo tal que tanto Cristina, de Genaro, Pino Solanas y tantísimos otros no han comprendido la ciencia de la hermenéutica según la cual los hechos y las acciones de los hombres se deben juzgar y justipreciar en su contexto histórico. (tendrían que leer, por lo menos, a Gadamer). Hoy que todo es relativo, que nada es absoluto, que “da lo mismo un burro (P.Vázquez o de Genaro) que un gran profesor”, hacer entender estas sutilezas filosóficas es más difícil que miccionar en un frasquito. En definitiva, nadie puede dar lo que no tiene. Post Scriptum: Del artículo de Feinmann, el pensador oficioso del kirchnerismo, en Página 12, no nos ocupamos porque es gastar pólvora en chimangos. Su razonamiento es muy pobre y se sale por la tangente pues no se ocupa del derecho a huelga, como titula su artículo, sino en sostener que hubieron los artículos 38, 39 y 40 modelos del constitucionalismo social. ¡ Chocolate por la noticia!. Es uno más de los que no entendieron nada. Que defiende el derecho a huelga como ley positiva en un contexto de justicia social (el del 49) sin percatarse que eso es imposible de pensarse en esa situación, a no ser que uno (Perón-Sampay, sus voceros) entren en plena contradicción. (*) arkegueta, aprendiz constante alberto.buela@gmail.com
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