LA
PROVINCIALIZACIÓN DE LOS HIDROCARBUROS EN LA ARGENTINA
por
Federico Bernal
enviado
por El Faro del fin del mundo
Neoliberalismo
y provincialización
En
la década del noventa y primeros años del nuevo siglo, el programa político
y socioeconómico del neoliberalismo argentino fue ejecutado sin
contemplaciones. Entre las principales medidas aplicadas a partir de
1989, recordamos: se estableció la igualdad de tratamiento al capital
nacional y extranjero, dictándose las normas reglamentarias tendientes
a facilitar la remisión de utilidades. Se derogó el requerimiento de
la previa autorización del Poder Ejecutivo Nacional para las
inversiones de capitales extranjeros en el país. Se desregularon los
principales mercados agropecuarios, la disolución de los organismos de
control y regulación de mercados y juntas concentradoras, sumado todo a
la suspensión y eliminación de los regímenes de promoción industrial
y los subsidios a las exportaciones. En materia de comercio exterior,
paralelamente a la drástica caída de los aranceles de importación, se
encaró un profundo proceso de apertura externa con el fin de
desmantelar el modelo de sustitución de exportaciones. Y para coronar
la obra destructiva, privatización-desnacionalización masiva de
ferrocarriles, teléfonos, aerolíneas, puertos, caminos, transporte marítimo,
obras sanitarias, talleres navales, fabricaciones militares, finanzas,
acero, electricidad, petroquímica e hidrocarburos.
En relación a estos últimos, el programa de privatización y
aniquilación del Estado como gestor, contralor y planificador del
sector comienza en 1989 con las Leyes nacionales 16.696 (de Reforma del
Estado), 16.697 (de Emergencia Económica) y decretos 1.055, 1.589 y
1.212. Prosigue con la conversión de YPF en sociedad anónima y la
fijación de un cronograma de privatizaciones para el sector, para ceñirse
en 1992 con las Leyes 24.076 (Privatización de Gas del Estado) y 24.145
(Privatización de YPF SA y Federalización de los yacimientos de
hidrocarburos). No obstante haber privatizado las dos empresas claves
del sector, el programa petrolero neoliberal hubiera quedado inconcluso
sin la reforma a la Constitución Nacional en 1994 y la inserción del
artículo 124 que sustenta el aspecto “federal” del dominio jurídico
de los hidrocarburos.
Con la privatización periférica, el endeudamiento y saboteo de YPF
conducido por Martínez de Hoz a partir de 1976, se avanzó radicalmente
hacia la destrucción del sector hidrocarburífero nacional. Carlos
Menem dio el golpe de gracia al ahondar la política del ministro civil
de Videla, erigiendo su sustento jurídico-constitucional y
provincializando el recurso. De esta suerte, el programa neoliberal
petrolero quedaría instituido. Sus dos pilares: 1) aniquilación del
Estado (desestatización) y 2) provincialización (descentralización-desnacionalización)
de los recursos naturales e instrumentos socioeconómicos vitales al
desarrollo industrial.
La lección histórica devenida del peor golpe jamás recibido por el
liberalismo argentino, la unificación nacional en 1880, había sido
asimilada. Diezmar al país era cuestión de combinar la demolición del
Estado, la disgregación nacional y la pauperización del interior.
Federalismo de masas y Federalismo de opereta
Frente al fracaso de las tendencias político-ideológicas de Mariano
Moreno y Manuel Belgrano, el monopolio del Rey fue reemplazado por el de
la oligarquía porteña. Así comenzó la escisión de Buenos Aires del
resto de las provincias, escisión que para subsistir y prosperar,
requirió enajenar la riqueza nacional a través del control de la
aduana. El partido político de esa oligarquía estaba constituido por
comerciantes e importadores (apoyados a su vez por los ganaderos) e
interesada en el tráfico con Inglaterra y con el comercio exterior en
general. Su más ilustre representante, Bernardino Rivadavia, será el
auténtico fundador del partido unitario y precursor del mitrismo. Fue
entonces en oposición a éste que emergió el verdadero federalismo,
precisamente como la expresión y el accionar contrarios al despojo de
la riqueza argentina por una sola provincia (la de Buenos Aires). En su
lugar, propuso su redistribución equitativa entre todas las provincias
confederadas, esto es, entre las masas excluidas y despojadas del
interior.
Si el federalismo (de masas) nació justamente en respuesta al
unitarismo porteño, invocarlo como mecanismo para la apropiación
provincial de un determinado recurso resulta al menos tan absurdo como cínico.
Que los hidrocarburos queden en manos exclusivas de la provincia que
los contiene (provincialización), como lo hizo la Buenos Aires del
siglo XIX con la aduana, es hacer federalismo de opereta, es contribuir
a la desintegración territorial y al equívoco de creer que federalismo
consiste en el derecho de cualquier gobernador a contraer empréstitos
extranjeros, enajenar el subsuelo o hacer de su territorio un feudo
inexpugnable.
Avalar esta última posición implica adherirse al modelo de país
Unitario-Neoliberal, históricamente opuesto a la industrialización,
al nacionalismo democrático y a la participación del Estado como motor
indiscutible del desarrollo socioeconómico colectivo (modelo
Federal-Nacional ). En este sentido, quizás resulte clarificador
observar la genealogía jurídico-constitucional de uno y otro:
Estudiar dialécticamente el antagonismo entre provincialización y
nacionalización permite descubrir sus influjos histórico-políticos,
antagónicos aunque concurrentes desde 1810. Como se advierte del
cuadro, se subrayaron especialmente la reforma de 1994 y las
constituciones de 1853 y 1949, pues sintetizan la plataforma ideológica
propia de cada modelo. Por ejemplo, existe una clara coincidencia entre
el Código de Minería (CM) de 1886, el preámbulo de la Constitución
de 1853 y la reforma de 1994.
El CM prohibía al Estado explotar o disponer de las minas, definición
presente en la constitución de 1853 que como coherentemente señala
Guillermo M. Yeatts (1): “logró sentar las bases para el crecimiento
económico creando instituciones fundamentales[…] La propiedad
privada, la seguridad de las personas, los límites impuestos a la
actividad gubernamental, la libertad de comercio y la supresión de
aduanas constituyeron poderosas instituciones que estimularon la
actividad adormecida por siglos de legislación colonial”. A propósito,
Yeatts cita una muy ilustrativa frase de Roberto T. Alemann: “la sanción
de la CN de 1853 es de por sí definitoria de un cambio de rumbo en la
política económica; atrás queda la restauración del ideario
colonial, el país se organiza como Estado federal y se abre generoso al
mundo civilizado […]”. Por su parte, Antonio Hernández,
convencional constituyente de la reforma de 1994 y presidente honorario
de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, apunta en su
trabajo El Federalismo a diez años de la Reforma Constitucional de 1994
que: “[…] el agudo proceso de centralización que sufrió el país,
tuvo como uno de sus aspectos más negativos, el avance del gobierno
nacional sobre el dominio de los recursos naturales de las
provincias”. Para el neoliberalismo argentino, fiel heredero del
mitrismo, la centralización (léase unificación nacional) y la
actividad gubernamental fueron y son aspectos negativos al normal
desenvolvimiento de la república.
Se comprende así la inclinación de esta gente culta por el federalismo
de opereta y la privatización de los noventa. Si bien el gobierno
menemista arruinó social y económicamente a la Argentina toda, el
interior del país fue desvastado sin misericordia. Entonces, la
previsible oposición de las masas no se hizo esperar. Renació el auténtico
federalismo como reacción espontánea al mitrismo de fines del siglo
XX, que trocando caballos y lanzas por neumáticos y palos, alzó herido
la voz del nacionalismo popular. Las montoneras de Tartagal y General
Mosconi, entre otras, fueron el único freno a la privatización de YPF.
Pero sus decenas de miles de desocupados pasaban desapercibidos por los
convencionales de 1994, que como Hernández, veían en la reformada
constitución “una contundente expresión del fortalecimiento del
federalismo argentino” y una derrota definitiva del artículo 40 de la
CN de 1949 que había “constitucionalizado el despojo [de los recursos
provinciales]”.
Para la cultura mitrista, los despidos masivos, el cierre a gran escala
de las empresas estatales, el aislamiento y desvanecimiento del
interior, lejos de constituir un despojo significó el fortalecimiento
del federalismo.
Defensores de un modelo perfectamente definido, volcaron el espíritu
secesionista y liberal de la CN de 1853 a la reforma del ´94, reforma
que “legalizó” el programa privatizador y provincializador. En
efecto, el artículo 104 de la primera es exactamente igual al 121 de la
segunda. El texto común expresa: “Las provincias conservan todo el
poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que
expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su
incorporación”. Semejante obsequio a las provincias irá acompañado
de una recompensa histórica a la opulenta ciudad capital. Con la
reforma se fundó la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, rememorando los
objetivos segregacionistas de la primera Constitución bonaerense de
1854 que definía a Buenos Aires como “un Estado con libre ejercicio
de su soberanía interior y exterior, mientras no delegue expresamente
en un gobierno federal”.(2)
Así pasamos del modelo Unitario-Neoliberal de los Yeatts, Alemann, Hernández,
Martínez de Hoz, Roberto Dromi, (3) Menem, etc. al modelo representado
por la CN de 1949 y su artículo 40, del cual se abastecerán en su
concepto sobre la propiedad nacional (nacionalización) de los recursos
naturales estratégicos, las leyes de 1958 y 1967. Como señaló Carlos
Tagle Achával: “La Constitución de 1949 implicaba una concepción
sobre la actividad privada y la del Estado, en el campo económico,
totalmente diferente y de sentido más progresista que la de 1853”.
Arturo Sampay, padre de dicha constitución, refiriéndose a ella expresó:
“La llamada nacionalización de los servicios públicos y de las
riquezas básicas de la colectividad, además de haber sido aconsejada
por razones políticas, como la seguridad del Estado, y por
consideraciones económicas, como el acrecentamiento de la producción
de esas riquezas -ya que para hacerlas rendir un máximo la técnica
moderna exige una orientación colectiva y amplia, sólo posible en
manos del Estado-, ha sido movida también por la necesidad de
convertirlos en instrumentos de la reforma social. Porque la
nacionalización o estatización de los servicios públicos -que es lo
mismo-, al suplantar el espíritu y la organización capitalista de su
gestión, permite fijar el precio y la distribución del servicio, no en
procura del lucro privado, sino por criterios de utilidad
social[…]”. (4)
En suma, reconocer la contradicción entre los dos modelos referidos y
extrapolarla a la disyuntiva provincialización - nacionalización,
permite: 1) distinguir la ideología política, el concepto y rol del
Estado afines a cada una; 2) recuperar la noción de “federalismo”
al quitarle la pátina liberal progresista, atribuyéndole un origen
histórico definido y una política económica propia: la de asegurar el
desenvolvimiento regional a través de la participación del Estado
empresario y garante de la justicia social.
De cómo el federalismo cambió de protagonistas y objetivos
En 1862 el Poder Ejecutivo encomendó al político y diputado de minas
sanjuanino Juan Domingo de Oro la redacción y elaboración del Código
de Minería. Oro atribuyó la propiedad de las minas a la Nación, no
importara el territorio en que se encontrasen. Dicho proyecto,
presentado a la comisión revisora en 1863, no fue tratado en el
Congreso y quedó aplazado como consecuencia de la oposición de las
provincias.
La objeción no se explicaba por cuestiones de federalismo, sino por décadas
de desconfianza de los caudillos provinciales hacia la Buenos Aires
unitaria. Cabe recordar que coincidentemente a la elaboración del CM,
el Gobierno Federal de Mitre -haciéndose eco de las recomendaciones
sarmientistas de “no economizar sangre de gauchos” y de “quemar
ordenadamente todos los edificios públicos de Paraná”-, (5)
endeudaba al país con empréstitos de la banca londinense, abría las
puertas de la aduana a las importaciones masivas de manufacturas y a los
capitales extranjeros, eliminando cualquier posibilidad de desarrollo
regional. Mientras tanto, Vélez Sarfield, padre del Código Civil de
1864, declaraba el principio rector de la política del gobierno:
“Buenos Aires es piedra fundamental sobre la cual se construirá la
nacionalidad argentina en todas sus relaciones interiores y
exteriores”. (6)
La irresolución del enfrentamiento gobierno nacional - provincias
trasladada al plano minero demoró una década la redacción del CM,
aunque siempre con la condición de que al retomarlo se efectúe sobre
la base de Oro pero “debiendo tenerse en consideración que las minas
son bienes privados de la nación o de las provincias, según el
territorio en que se encontraren.” Finalmente, el CM es reformado en
1886; la provincialización del recurso y la prohibición del Estado a
explotarlo o disponer de las minas, sus puntos sobresalientes.
Habrán de transcurrir casi veinte años para que el descubridor del
petróleo en la Argentina, el Ing. Enrique Hermitte, propusiera desde
1905 las primeras reformas al CM. Apenas dos años antes del hallazgo,
se logró la incorporación de la Ley de Tierras y con ella la
habilitación estatal para crear reservas fiscales y explotar los
yacimientos por descubrir.
Si las reformas de Hermitte al CM fueron incorporadas con éxito, los próximos
intentos tendientes a profundizar la intervención estatal y la
nacionalización de los recursos chocará de bruces con una barrera
infranqueable. En efecto, entre 1907 y 1922, una sucesión de
acontecimientos trascendentales agudizaron la división provincialización
- nacionalización: el descubrimiento del petróleo por el Estado en
1907, la creación de reservas fiscales alrededor de los yacimientos, la
inauguración de la explotación estatal bajo la Dirección de Explotación
de Comodoro Rivadavia en 1910 (antecedente directo de YPF) y la asunción
del primer gobierno popular del siglo XX en 1916. Es durante este lapso
histórico cuando el concepto de federalismo esgrimido por las elites
provinciales del interior, en connivencia con el capital extranjero y
con ciertas facciones liberales porteñas, renuncia a su sentido
original. Las clases sociales y los objetivos detrás del federalismo
habían cambiado.
Casi un siglo de postración, prácticamente nulo desarrollo de las
fuerzas productivas y la falta una economía convergente hacia un centro
interior fundado en la producción capitalista industrial, engendró en
ciertas provincias (sobre todo del noroeste) oligarquías exportadoras
contrarias a la unificación nacional. Nada les importaba a sus
referentes incorporarse a un mercado centralizado, mucho menos comandado
por un gobierno como el yrigoyenista, pues ello implicaba perder los
resortes económicos que los alternaba indefinidamente en el poder. Por
tanto, la autonomía provincial y el freno al creciente intervencionismo
estatal a través de la alianza con el capital extranjero y privado serán
sus más preciadas armas opositoras.
La aparición de YPF a partir de 1922 bajo la dirección de Enrique
Mosconi y Alonso Baldrich, agudizó el enfrentamiento Nación-provincias
a extremos inéditos. Los gobernadores antipersonalistas de Salta y
Jujuy prohibieron el ingreso de la petrolera estatal en sus respectivas
provincias, favoreciendo directamente a las firmas Standard Oil y Anglo
Persian. Como sintetiza magníficamente Yeatts: “una vez más, el único
freno a la política estatizante fue el federalismo. Una vez más,
durante los debates parlamentarios de 1927 y 1928, en los que se discutió
y dio media sanción al proyecto del monopolio petrolero estatal, se
repite la existencia de la aproximación entre empresas privadas y
elites provinciales, que juntas levantaron las banderas del federalismo
y de la defensa de los derechos constitucionales provinciales”.
Esta combinación de antiestatismo y provincialización, sostenida a
ultranza por las provincias y las transnacionales de turno, constituye
el cimiento de la política hidrocarburífera neoliberal histórica y
contemporánea.
El objetivo oculto de la provincialización
Es la propiedad pública del subsuelo (derivada del sistema regalista
español) lo que habilita la intervención del Estado, y por ende, su
accionar: estatizar y centralizar recursos y mercado. La intervención
del Estado en un país federal promueve la unificación de la Nación.
En consecuencia, se puede afirmar que ha sido la herencia española la
que actuó como freno histórico a la privatización del subsuelo. Sin
embargo, producto del igualmente heredado atraso del sistema
mercantilista español y de la victoria relativa del mitrismo durante el
siglo XIX (a pesar de la unificación de 1880) las provincias se
constituyeron en enclaves desconectados entre sí, sin un mercado
unificado que las contuviera y controlara.
Resuelto como siempre y descartando de plano la privatización del
subsuelo, el liberalismo argentino supo aprovechar esa debilidad.
Trasladó la discusión sobre la conveniencia de la propiedad pública o
privada del subsuelo a cuál de los dos ámbitos del Estado le
correspondía su dominio, si a la nación o a las provincias. ¿Por qué?
Pues porque a diferencia del régimen de tierras, donde el propietario
de la superficie constituye un contrapeso más que poderoso frente al
avance de una eventual nacionalización, en el régimen de subsuelos -al
no existir propietarios interesados en frenar dicho avance-, resultaba
perentorio inventar una barrera lo suficientemente poderosa como para
neutralizar al enemigo número uno, el Estado Nacional.
Con tal de no ver amenazada su supervivencia, las oligarquías nativas o
burguesías comerciales tomarían la posta como obstáculo natural al
aborrecible centralismo. La unidad en un frente común de intereses
entre el capital privado, los grandes terratenientes nativos y la clase
dominante (las más de las veces funcionarios directos o indirectos a
través de lazos familiares) harían las veces de pseudo-propietarios
privados, de montoneras unitarias contra la amenaza del gobierno
central.
En otras palabras, la provincialización no sólo es y ha sido la
instancia más próxima a la privatización del subsuelo, sino que
significa una privatización encubierta. Esta aseveración resulta
irrefutable a la luz de dos hechos: 1) cada vez que pasó por la Casa
Rosada un gobierno democrático y popular, las oligarquías provinciales
(incluida la porteña) alzaban el sofisma de la federalización para
debilitar la acción unificadora y estatizadora del gobierno; 2) la
transferencia de la renta hidrocarburífera del Estado al sector privado
en los noventa primero pasó por la provincialización de los activos de
YPF. (7) No sólo eso, sino que para consumar la privatización
se debió entregar la propiedad de los hidrocarburos a las provincias.
En este sentido, nadie mejor que Daniel Montamat para sintetizar
semejante fraude: ”la necesidad de lograr las mayorías legislativas
para aprobar la privatización de la petrolera estatal llevó al
gobierno a conciliar sus intereses respecto de YPF con la histórica
reivindicación de los Estados (8) hidrocarburíferos sobre la propiedad
de los yacimientos. Así surge la ley 24.145 de federalización de los
hidrocarburos y privatización de YPF”. (9)
Actualidad
El 3 de enero de 2007 se promulgó la Ley 26.197 que legitima el artículo
1 de la ley de Privatización de YPF SE y Federalización de
los yacimientos de hidrocarburos. De ahora en adelante “los
yacimientos de hidrocarburos líquidos y gaseosos situados en el
territorio de la República Argentina y en su plataforma continental
pertenecen al patrimonio inalienable e imprescriptible del Estado
nacional o de los Estados provinciales, según el ámbito territorial en
que se encuentren”.
Las provincias asumen en forma plena el ejercicio del dominio originario
y la administración (Autoridad de Aplicación) sobre los yacimientos
presentes en sus territorios. Estarán además facultadas para ejercer
en forma plena e independiente las actividades de control y fiscalización
de las concesiones o contratos de exploración y/o explotación; exigir
el cumplimiento de las obligaciones legales y/o contractuales en materia
de inversiones, explotación racional de los recursos, información y
pago de cánones y regalías; disponer la extensión de los plazos
legales y/o contractuales; y aplicar sanciones de multa, caducidad, etc.
conforme el régimen previsto en la Ley 17.319.
Sin hallar parangón en el mundo, en la Argentina se desplazó al
Estado Nacional como propietario del dominio original y útil de los
hidrocarburos, como autoridad concedente, controladora, fiscalizadora y
policial.
La política petrolera argentina depende de Tierra del Fuego, Chubut,
Santa Cruz, Río Negro, Neuquén, Mendoza, La Pampa, Formosa, Salta y
Jujuy, provincias cuya población representa menos del 15% del país
(INDEC Censo Nacional de 2001). Las diez cuentan con regímenes jurídicos
y la mayoría con empresas de hidrocarburos propias; todas se congregan
en una Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos
(OFEPHI),
Las provincias mencionadas se encuentran en estadios avanzados de
negociaciones, licitaciones y prórrogas de las áreas revertidas por el
decreto 546/2003, las concesiones otorgadas durante el menemismo y
nuevos bloques. Los pliegos permitirán a las operadoras extraer
hidrocarburos hasta agotamiento definitivo de los yacimientos, sin
importar los márgenes que deje a la provincia o al Estado nacional, ni
quién los extraiga ni por cuánto tiempo, pues las elites provinciales
ganan cuando ganan las operadoras (el win-win tan promocionado por los
gurúes del marketing internacional).
La política depredadora de los noventa recibe nuevo impulso. Nada
importa a los miembros de la OFEPHI que el país reciba la más retrógrada
participación de la renta hidrocarburífera del globo (36%); tampoco
incomoda que las empresas liquiden en el exterior el 70% de las divisas
por exportación; mucho menos que se exporte petróleo y gas natural a
sabiendas del escaso y difícilmente reversible horizonte de 7 años de
reservas. Ni siquiera les preocupa incrementar sus ingresos: ¿subir
las regalías (las más bajas de la región) del 12 al 50% (promedio
regional)? ¿invitar a ENARSA para juntos alcanzar mejores acuerdos con
las operadoras? ¿optimizar el federalismo?.
En este sentido, por ser la concesión de mayor extracción de crudo del
país -participó en diciembre de 2006 con un 13,78% y 5% de la producción
nacional de petróleo y gas natural, respectivamente (IAPG)-, y de
contener aproximadamente un tercio de las reservas comprobadas de petróleo
nacionales, no puede dejar de mencionarse la reciente prórroga de la
concesión Anticlinal Grande-Cerro Dragón (Chubut) a la empresa
PanAmerican Energy (PAE) (40% Bulgheroni y 60% de la inglesa BP) hasta
el 2047. ¿Sabía o no sabía la legislatura chubutense que su
titular no realizó inversiones de capital de riesgo en exploración en
los últimos cinco años? ¿Sabe o desconoce que esta falta es causal de
caducidad por incumplimiento de la ley 17.319? De la misma manera,
¿sabrá Néstor Kirchner que puede anular la prórroga por
decreto, pidiendo a posteriori la caducidad de la concesión y otorgándola
(también por decreto) a ENARSA, sin violar la Ley 26.197? ¿Sabrá el
presidente que las reservas de esta concesión equivalen a casi la
tercera parte de las reservas certificadas del país? ¿Sabrá el
presidente que el potencial del valor del área citada equivale a unos
23 mil 686 millones de dólares (según reservas probadas a US$ 58 el
barril WTI, promedio para el primer trimestre de 2007).
Dada la actual coyuntura, poco interesa si las concesiones las otorga
la provincia o la Nación, mientras no se abandone de cuajo la política
petrolera neoliberal. Al respecto , vale la pena destacar la opinión
de José Alfredo Martínez de Hoz, mientras se desempeñaba como
ministro de economía de la provincia de Salta (1956-1957): “El 22 de
agosto de 1956 los interventores federales de cinco provincias
productoras de petróleo firmaron una declaración en cuyo primer punto
afirmaban que ''las provincias tienen el derecho pleno de las minas
existentes dentro de su territorio. A ellas les corresponde establecer
las condiciones de su aprovechamiento, dentro del marco de la Constitución
y las leyes''”.
Conclusiones
La Argentina es el único país del mundo que provincializó sus
recursos petroleros. Ni en Rusia o México -por nombrar dos países
petroleros con superficies mayores a la de la argentina- o Brasil, se da
el caso legislaciones o empresas provinciales de hidrocarburos o energía.
Ni siquiera en EEUU los estados productores cuentan con legislaciones
propias.
La provincialización en la Argentina marcha irresponsablemente a
contramano de la tendencia mundial orientada hacia la fusión y
centralización de las compañías petroleras y energéticas (estatales
y privadas), la aglutinación de naciones en bloques culturales, político-económicos
y hasta militares, movilizadas fundamentalmente por factores geopolíticos
energéticos. Entre los ejemplos que se destacan vale recordar que
Francia evalúa unir su empresa estatal Gaz de France con la estatal
argelina Sonatrach para la provisión asegurada de gas natural; la
inglesa BP y la rusa Gazprom estudian fusionarse para vender gas natural
licuado al mundo. China, Rusia e India consolidan el bloque asiático de
la Organización de Cooperación de Shangai, basándose en la
complementación de sus recursos energéticos, etc.
En cambio, la Argentina viene pariendo desde 1999 a razón de una
nueva empresa provincial por año, con el expreso fin de sacar una
migaja de la renta y negociar con monstruos internacionales lo poco que
nos resta de hidrocarburos. Y lo que es más grave aún, la
provincialización en la Argentina también marcha a contramano del
proceso de unificación política y energética en Sudamérica.
La provincialización logró además remover al país de la mesa de
negociaciones, colocando en su lugar a provincias que nada pueden hacer
ante la opulencia de ingresos y ganancias de las compañías. No sólo
eso, sino que comparativamente con la Nación (y las operadoras), sus
magros productos brutos geográficos, su escasa población y
posibilidades físicas de crecimiento y desarrollo económico
auto-limitan sus argumentos a la hora de solicitar mejores condiciones o
mayores porcentajes de la renta.
La provincialización conlleva además un anacronismo histórico
sumamente perjudicial a la integridad nacional. Se verá de las
manifestaciones expuestas a continuación el traslucir de una tibia
posición de corte segregacionista, antidemocrática y en exceso
neoliberal.
Tomemos como ejemplo las declaraciones emitidas el año pasado por el
secretario de Estado de Energía y Minería de Neuquén, Eduardo
Carbajo, referidas a la ausencia de su provincia en las reuniones de la
OFEPHI y a la problemática de las regalías neuquinas. En relación a
la primera expresó: “no asistimos porque consideramos que este
organismo funciona en los últimos tiempos como un apéndice del
gobierno nacional[…]”. Sobre la segunda: “los neuquinos cobramos
en concepto de regalías de todo el petróleo que se va de este
territorio el 12% de los 41 dólares que impuso Nación en el mercado
interno, y no de 75 ó 76 dólares como lo marcan los precios
internacionales”. A lo que agregó: “[…]no podemos dejarlo pasar,
porque sabemos de las pérdidas millonarias que esto traería para el país
y para las futuras generaciones de neuquinos y argentinos”. (10)
En igual dirección, valiéndose de un acto en Plaza Huincul dedicado a
la presentación del plan de inversión de Repsol YPF para el próximo
trienio, el ex gobernador de la provincia Jorge Sobisch manifestó su
decisión de ampliar las concesiones de los contratos a las empresas
petroleras “siempre y cuando garanticen el flujo de inversiones que la
provincia del Neuquén necesita para su desarrollo”. Aprovechó luego
la ocasión para dirigirse al gobierno nacional: “ENARSA puede venir o
no a la cuenca neuquina. Esta es una decisión que tomará la
provincia”. El ex mandatario indicó además que “si el gobierno
tuviera intenciones de hacer asociaciones con empresas de petróleo, la
provincia ya tiene a Hidrocarburos del Neuquén Sociedad Anónima
(Hidenesa), creada muchísimo antes que ENARSA”. (11) A propósito de
Hidenesa comentó: “Hemos transferido las áreas marginales, los
contratos vencidos y por vencer a Hidenesa, para que sea una empresa
provincial y no una empresa nacional la que maneje nuestros activos
hidrocarburíferos”. (12)
En relación a la política de integración energética regional,
Sobisch dedicó una abundante y regular producción periodística al
presidente Morales y al “nuevo dictador americano [Chávez] y su
amenaza sobre la soberanía energética de Argentina” (Neuquén Hoy -
11/1/07 / Diario La Nación - 15/01/07). Para él, los acuerdos energéticos
suscriptos con Bolivia y Venezuela son contrarios al interés nacional
por haber sido suscriptos justamente con competidores comerciales… de
su provincia. (Neuquén Hoy - 5/4/06). A propósito y para despejar
cualquier duda sobre su posición, declaró: “Argentina consume 140
millones de metros cúbicos de gas por día, 75 lo produce Neuquén
mientras que Bolivia produce 30 millones, ni la mitad que nuestra
provincia. Lo de Bolivia es un disparate y no se han hecho las
inversiones”. (13)
De ambos funcionarios se advierte: 1) una clara desvinculación entre lo
neuquino y lo argentino. Lo neuquino pasa a ser lo nacional; 2)
unitarismo neuquino: lo nacional se subordina al interés de la clase
dirigente; 3) exclusión economicista; (14) 3) absoluta conformidad con
los intereses de las empresas operadoras, desatendiendo el verdadero
interés provincial y nacional; (15) 4) freno unilateral a la
participación de la empresa nacional de energía ENARSA; 5) oposición
al proceso de unidad energética en Sudamérica, a la diversificación
de proveedores, con el agravante de elevar a Neuquén al status de país
como Bolivia y Venezuela, declarados competidores de la primera.
Al margen del correcto empleo del concepto de federalismo, la
contradicción entre provincias y Estado nacional refleja la irresolución
de uno de los aspectos fundamentales del problema argentino: su
desarrollo desigual y falta de cohesión, legados de nuestra condición
semicolonial y de la balcanización latinoamericana del siglo XIX.
Sólo partiendo de un auténtico federalismo se podrá superar la
marginación y la pobreza de las provincias (incluyendo las de Buenos
Aires) diezmadas por el federalismo de opereta. Pues es el federalismo
popular el único capaz de hacerlo, el único capaz de fortalecer el país
contribuyendo paralelamente al forjamiento de la unidad latinoamericana.
Notas:
1) El Robo del Subsuelo. Ediciones Theoría, Buenos Aires. 1996.
2) El título del libro resume su tesis: el Estado robó el subsuelo a
la propiedad privada. NA
3) A. J. Pérez Amuchástegui. Página 45, Tomo 4. Crónica Argentina.
Editorial Codex. Buenos Aires. 1972.
4) Ver artículo de Martínez de Hoz “El petróleo y las fuentes
naturales de energía frente a la reforma constitucional”, citado por
Mariano Ramírez en Petróleo, Política, Legislación y Doctrina.
Ediciones Jurídicas Cuyo, Mendoza, 2003. El autor también menciona la
posición provincialista del gerenciador de las privatizaciones de los
noventa, Roberto Dromi, expuesta en su artículo “Nación y provincias
ante el régimen de hidrocarburos”.
5) Arturo E. Sampay, Diario de Sesiones de la Convención Nacional
Constituyente, año 1949, 24 de enero-16 de marzo, Tomo I, Debates y
Sanción, Buenos Aires, 1949.
6) Carta de Domingo F. Sarmiento a Bartolomé Mitre, septiembre de 1861.
7) Más Allá de la Crónica “Marcha y Tropiezos”, en Pérez Amuchástegui.
Obra Citada.
8) 2010, ¿Odisea Energética? Petróleo y Crisis. Ricardo A. De Dicco.
Capital Intelectual. Buenos Aires, 2006.
9) Estados = provincias. El subrayado es nuestro.
10) Página 47. La Energía Argentina. Daniel Montamat. Editorial El
Ateneo. Buenos Aires, Marzo de 2007.
11) Servicio Oficial de Noticias - Neuquén Hoy. 9 de Agosto de 2006.
12) Ibidem. 10 de Octubre de 2006.
13) Discurso durante la apertura del XXXV Período de Sesiones
Ordinarias de la Legislatura Provincial. 1 de Mayo de 2006.
14)
http://arnews.wordpress.com/2007/06/29/sobisch-hablo-sobre-la-crisis-energetica
15) En la provincia que extrajo en diciembre de 2006 el 51% y 25% de la
producción nacional de gas natural y petróleo, respectivamente (IAPG),
las inversiones garantizadas por las empresas deberían satisfacer las
demandas locales como también las de aquellas que carecen de petróleo,
y muy especialmente, las de las más pobres.
16) Los precios del barril de petróleo para el mercado interno deben
ajustarse a los costos de producción internos de aproximadamente 5 dólares
el barril. Gracias al ajuste que realiza el gobierno nacional el país
retiene cerca de un 36% de la renta petrolera, de lo contrario quedarían
migajas de un total de....
17) Notar como Carbajo omite hablar de un aumento de las regalías, las
más bajas del planeta
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