Texto de la conferencia magistral en el Congreso Nacional de Filosofía en la Universidad Nacional de Cuyo con motivo del 60 aniversario del Primer Congreso Nacional de Filosofía realizado en 1949. Congreso extraordinario por la excelencia de los filósofos concurrentes, entre otros, Abbagnano, Gastón Berger, Blondel, Bollnow, Brehier, Corts Grau, Croce, Cruz Costa, della Volpe, Fink, Gadamer, García Hoz, Garrigou Lagrange, Ernesto Grassi, Hyppolite, Lowith, Marías, Millan Puelles, Spirito, Vasconcelos, Wagner de Reyna, Sciacca, Muñoz Alonso, etc. Fue este el primero y único congreso nacional de filosofía que tuvo un caracter internacional que luego nunca se repitió en los denominados congresos internacionales. En este Congreso el General Perón enunció su teoría política de "La Comunidad Organizada". Finalizado el Congreso una veintena de filósofos europeos, que venían de la post guerra que siempre es peor que la guerra, fueron invitados y se quedaron a trabajar en Argentina durante varios años. CONSECUENCIAS
POLITOLÓGICAS DEL CONGRESO DE FILOSOFÍA DEL 49 (conferencia magistral en Congreso de Filosofía – Mendoza 16 al 19/9/09) por Alberto Buela (*) Hace una década, en 1999, cuando realizamos el Congreso de filosofía y metapolítica “50 años de la Comunidad Organizada” que tuvimos el honor de presidir junto con el ilustre filósofo peruano Alberto Wagner de Reyna, éste escribió en esa ocasión: Aquello fue la fiesta de la filosofía a donde llegaron filósofos de todas las latitudes, que venían de la post guerra que siempre es peor que la guerra, y que fueron recibidos por esa Argentina “generosa y magnánima” de Juan Perón. Medio
siglo antes, en 1949, Martín Heidegger excusándose por no poder
concurrir al Congreso de Mendoza afirmaba: “vuestro
país, tan abierto y magnánimo”. Si dos filósofos de fuste utilizan en un espacio de cinco décadas el mismo término: magnanitas, megalopsichia, grandeza de alma. Ello nos indica, nos sugiere, nos quiere decir algo, que nosotros estamos obligados a interpretar. En
primer lugar que el sujeto de este alabancioso adjetivo es el pueblo
argentino en su conjunto. San Martín que no era tan filósofo decía que:
no somos una empanada que se come
con solo abrir la boca. El rasgo de magnanimidad es compartido por “los pampas” quienes ofrecieron, sin contrapartidda, sus lanzas para luchar contra los ingleses en 1806; por los primeros conquistadores y colonizadores castellanos de América a través “del misticismo combativo y heroico castellano-leonés” de que se jactaba ese gran filósofo argentino que fue don Saúl Taborda y por “los gringos” que vinieron a fines del siglo XIX y principios del XX a habitar este suelo argentino. Unos y otros son portadores de la grandeza de alma que alienta, sin malicia, la realización de las grandes obras. Y así como no hubo empresa por dificultosa y grande que fuera que no intentaran nuestros antepasados castellanos, de la misma manera no hay pueblo grande o chico en la Argentina que no goce de la magnificencia de su Teatro Italiano y sus majestuosos edificios. Ambos hicieron las cosas grandes, alentados por la magnanitas y ambos colaboraron en la construcción de esta nación que es la de todos nosotros. Y en el sentido filosófico lo fue Mendoza a través de Fernando Cruz allá en 1949 como lo es hoy a través de Daniel von Matuschka quien magnánimamente nos invitó a nosotros que en cuarenta años de hacer filosofía nunca hemos caído en la categoría de impenitentes viajeros internacionales de la filosofía como sucede con ciertos colegas que van de congreso en congreso, hablando por hablar sin decir que nada es verdadero ni nada falso, en una avidez de novedades que los lleva a una existencia impropia a ellos y a quienes los padecen escuchándolos(Heidegger dixit). El primer discurso filosófico del Congreso del 49 estuvo a cargo del maestro Coriolano Alberini (uno más que practicaba la megalopsichia) quien tuvo el mérito, mediante su prepotencia de trabajo, usó muletas toda su vida y trabajaba 18 horas diarias, de organizar académica y modernamente la Facultad de filosofía de la Universidad de Buenos Aires. En esta ponencia afirma que “el Primer Congreso nacional dará singular prestigio a la Argentina espiritual… y esperemos que en un futuro florecerán genios filosóficos ajenos a la enseñanza oficial” Esta libertad espiritual, este vigor del alma en su aplicación a los problemas filosóficos y políticos es lo que despertó aquel famoso congreso y que en la medida en que desaparecieron sus actores se fue perdiendo para terminar en la nada filosófica de la Argentina de hoy en día. Ya
no más filósofos del temple de Miguel Angel Virasoro, Luís Juan
Guerrero, Nimio de Anquín o Carlos Cossio. Es que hubo un hecho trágico
que quebró la cerviz de un pueblo indómito que se planteaba como una
potencia a mediados del siglo XX, que fue el cruento golpe de Estado de
1955 que derrocó a Perón y vació las universidades argentinas de las
mejores cabezas filosóficas expulsándolas del ámbito académico. (los
grandes responsables fueron los hermanos José Luís y Francisco Romero,
que se habían negado en el 49 a participar del Congreso de filosofía).
Así,
se
realizó en 1955 la primera purga universitaria argentina
expulsando y exonerando a todos aquellos filósofos sospechados de
peronistas. A los nombrados agreguemos a Carlos Astrada, Diego Pró,
Leonardo Castellani, entre otros. Tamaña
actitud mostró que los pseudofilósofos del liberalismo y de la izquierda
progresista, y del
“gorilismo”, más los publicistas de la diáspora,
no han sabido ni podido cultivar la virtud de reflexionar en la deliberación
y por ende, no han podido crear una comunidad filosófica como lo
pudieron hacer las generaciones del 40 y 50 en Tucumán, Mendoza, Córdoba
y Buenos Aires. Esta falla terrible se extiende como una mancha durante
sesenta años de estéril vida filosófica universitaria. Finalmente debemos aclarar una vez más que el discurso de Perón de cierre del Congreso, conocido como La Comunidad Organizada, no fue escrito por ninguno de los buenos filósofos argentinos de aquella época, pues ni un Astrada, ni un de Anquín, un Guerrero o un Benítez podían cometer el error de atribuir a Parménides lo que corresponde a Jenófanes de Colofón como se hace en el capítulo IV del discurso presidencial. Esto confirma nuestra tesis por verosímil y realista que el discurso fue redactado por varias manos de escribas ad hoc, como sucede en todo el mundo con todos los discursos académicos que dictan los presidentes. Lo que sí afirmamos, porque lo hemos estudiado detenidamente cotejando el estilo y los términos de uso diario de los discursos orales de Perón, que en los capítulos XX y XXI, el ante penúltimo y anteúltimo que son los que fijan la idea de comunidad organizada, está indubitablemente la mano directa de Perón en ellos. De
modo tal que como ese Congreso del 49 fue abortado espiritual y filosóficamente
en 1955, momento a partir del cual dejamos de pensar con cabeza propia y
pasamos a imitar como un espejo opaco que imita y además imita mal, es
que nos vamos a ocupar de las consecuencias politológicas del mismo. I)
1) El primer efecto político es el discurso de cierre del general
Perón donde plantea la idea política de Comunidad
Organizada la que presenta dos lecturas posibles: Como sistema social a construir y como sistema de
poder.
a)
Como sistema social sostiene que el pueblo suelto, aislado, atomizado no
existe. Sólo existe el pueblo organizado y como tal se transforma en
factor concurrente en los aparatos del Estado que le son específicos a
cada organización libre del pueblo o cuerpos intermedios en la jerga
sociológica.
b)
Como sistema de poder sostiene que el poder procede del pueblo que se
expresa a través de sus instituciones intermedias. Ni el poder procede
del gobierno ni del Estado. Ni el pueblo delega su poder en las
instituciones del Estado.
Estas
dos lecturas constituyen el círculo hermenéutico que explica la idea de
Comunidad Organizada. El pueblo como pueblo organizado crea un sistema
social que genera un poder político real (no virtual como la parodia
democrática: Un hombre igual aun voto) que le permite la recreación
permanente de un sistema social para el logro de la "buena vida"
(Aristóteles, Etica Nicomaquea .
1323,b 29)
El presupuesto ideológico de la C.O. es su populismo que
consiste en: 1) considerar al pueblo como fuente principal de inspiración.
2) Término constante de referencia y 3) depositario exclusivo de valores
positivos. Su hipótesis es que la mayoría siempre tiene razón.
Mientras
que la crítica política que se desprende de la C.O. es que las
instituciones formales del Estado demoliberal no alcanzan a expresar las
demandas auténticas de los pueblos. La
proposición sobre la que se apoya la idea de C.O. está enunciada
en lo que se ha dado en llamar las veinte verdades peronistas, cuando en
la decimonovena, se afirma que: "Constituimos
un gobierno centralizado, un Estado organizado y un pueblo libremente
organizado". La
explicitación de esta proposición la hace Perón en su libro "Política
y Estrategia" cuando afirma: "El
Justicialismo concibe al Gobierno como el órgano de la concepción y
planificación, y por eso es centralizado; al Estado como organismo de la
ejecución, y por eso es descentralizado; y al pueblo como el elemento de
acción, y para ello debe también estar organizado. Los tres factores,
gobierno, Estado y pueblo deben actuar armónicamente coordinados y
equilibradamente compensados en la ejecución de la misión común. Para que
ello ocurra, son necesarias una subordinación ajustada y absoluta del
Estado al Gobierno y una colaboración y cooperación inteligentes, de las
distintas fuerzas del pueblo con el gobierno y las instituciones
estatales".(1) De
modo que vemos acá como Perón les fija la función a las organizaciones
libres del pueblo, es decir, a las denominadas técnicamente entidades
intermedias, sosteniendo que ellas deben ser factores
concurrentes en los aparatos del Estado, de modo tal que no sean
absorbidas por él, como en el caso del fascismo, ni que tampoco sean
elementos de presión en su contra, para la toma del poder político, como
es el caso del marxismo, cuando aún no lo ha conquistado. El
carácter de factor concurrente de los organismos del pueblo, en tanto que
elementos de acción, obliga a éstos a trabajar en el ámbito preciso de
su representación natural. Ahora
bien, continúa diciendo Perón: "Las
instituciones estatales, orgánicamente dependientes del gobierno, están
naturalmente tuteladas en su acción por el mismo. Las instituciones
populares deben recibir del gobierno idéntico trato, ya que son el pueblo
mismo, pero no está en manos del gobierno el organizarlas, porque esa
organización, para que sea eficaz y constructiva, debe ser popularmente
libre". En una palabra, quiere decir que el gobierno y el
Estado no deben intervenir en la vida íntima de los gremios, las
sociedades de fomento, los clubes, bibliotecas populares, asociaciones
vecinales, etcétera. Ellos tienen una autonomía respecto del Estado y el
gobierno, pues como sostienee Perón en su discurso de cierre del
Congreso: "al sentido de
comunidad se llega desde abajo y no desde arriba"
(2), y que no debe ser un orden impuesto por el Estado(como sucedió
con el fascismo), sino que es un orden impuesto por el trabajo de la base
misma del pueblo. Esto confirma a nuestro juicio cómo estos organismos
naturales de la comunidad surgen de abajo hacia arriba, de manera libre y
su función es ser factores concurrentes en los aparatos del Estado. Factor
concurrente en los aparatos
específicos que a cada uno le corresponde. Así, por ejemplo, en el orden
laboral los sindicatos deben ser factores concurrentes en aquellos
aparatos del Estado que tienen vinculación con el ámbito que ellos
cubren, por ejemplo: en el orden profesional, el sindicato de mineros en
la Secretaría de Minería, el de Docentes en el Ministerio de Educación
y en el ámbito local las Comisiones Vecinales, las distintas sociedades
de fomento son, por el hecho de ser los entes naturales y lógicos de las
comunidades inmediatas, deben concurrir al Municipio, a los efectos de
plantear ahí las exigencias que cubren los intereses propios de los
ciudadanos, que ellos representan. Vienen a ser una especie de voceros
autorizados del pueblo, con representatividad real. Perón
en el Primer Congreso de las Comisiones Vecinales de la Capital Federal,
en el año 1954, dice al respecto, "las
comisiones vecinales son los sectores organizados de la población, que
designan sus representantes, para que defiendan frente a su gobierno
municipal sus propios intereses; en otras palabras, son los entes
naturales y lógicos que concurren al gobierno. Posiblemente, -agrega-, en
el futuro la Intendencia Municipal pueda orientarse y formar con cada
delegado de las comisiones de fomento de cada barrio el verdadero consejo
municipal que nos está faltando". Es
decir, las comisiones vecinales y de fomento son representantes naturales
de la comunidad local, basándose su poder en una solidaridad de tipo
territorial, mientras que el sindicato tiene su fundamento en la
representación natural de una solidaridad de base profesional como lo es
la rama de producción. Lo
interesante es, que dentro del proyecto de Comunidad Organizada, los
diferentes organismos libres del pueblo se incluyen en la gestión política,
sin que por ello sean empleados del gobierno de turno, sino que se
insertan en los diferentes aparatos del Estado, por su capacidad de
sugerir, proponer, orientar e incluso
presionar en el ámbito que es propio de su interés, para que las
cosas se hagan lo mejor posible. Es
dable destacar que los organismos naturales que el pueblo se da libremente
a sí mismo, proponen, sugieren, orientan, informan pero no deciden, como han pretendido los voceros de la
socialdemocracia europea, con su idea de cogestión en las Empresas
Privadas y de Autogestión en las Empresas Públicas. La decisión le
corresponde al Gobierno, mientras que a los organismos naturales les
corresponde crear las condiciones de posibilidad para la decisión
correcta. Ellos son órganos consultivos en el estudio y solución de los
problemas concernientes a sus ámbitos específicos. Muestra
acá la Comunidad Organizada sus dos aspectos sustantivos: 1.- como
sistema de poder: donde el pueblo se expresa sólo a través de sus
instituciones libremente creadas y no lo delega en las instituciones del
Estado. Porque las instituciones formales no llegan a representar todas
sus demandas auténticas y 2.-como sistema social a construir: donde el
pueblo organizado se transforma en factor concurrente en los aparatos del
Estado que le son específicos a cada organización libre del pueblo. Y en
este sentido el peronismo estuvo siempre parado en el éxtasis temporal
del futuro causa que explica aun su vigencia. Entonces
podemos decir que la idea de Comunidad Organizada se apoya en los
siguientes postulados: a) el hombre es libre sólo en una comunidad libre;
b) tiene incidencias reales en la vida de sociedad en la medida en que está
organizado, sea tanto por solidaridad local como profesional; y c) puede
acceder a una vía próspera y feliz
en tanto que logra establecer una justicia social distributiva, a
partes proporcionales para todos los miembros de la comunidad. De
modo que, los ideales de libertad, justicia y solidaridad son los
postulados y las condiciones necesarias para llevar a cabo la idea de
Comunidad Organizada. Huelga
decir que en su fundamento la Comunidad Organizada, es más una comunidad de familias, entendida como la primera organización
social del hombre, que un tejido complejo de relaciones individuales. "Nuestra
comunidad, ha dicho Perón en la conferencia de clausura del Congreso
de Filosofía de Mendoza, a la que
debemos aspirar, es aquella donde la libertad y la responsabilidad son
causa y efecto de que exista una alegría de ser, fundada en la persuasión
de la dignidad propia. Una comunidad donde el individuo
tenga realmente algo que ofrecer al bien general, algo que integrar
y no sólo su presencia muda y temerosa”
(3). II)
2) Como en realidad el Congreso de Mendoza comienza a funcionar el
20 de abril de 1948 cuando se lo declara de carácter nacional, la segunda
consecuencia politológica se produce el año siguiente, 1949, con el
volcado de la idea de Comunidad Organizada aceptada ya como doctrina
nacional en la Convención Nacional Constituyente de l949, comúnmente
conocida como la Constitución de Sampay (4). Esta
constitución se mueve dentro del marco político de la representación
liberal burguesa aunque se caracteriza como una constitución de alto
contenido social propia del Estado de bienestar de la época donde se
destacan los artículos 37 al 40 como aportes jurídicos más o menos
originales, como lo son los hoy denominados derechos humanos de segunda
generación o derechos sociales. En
esta Constitución los postulados de libertad, justicia y solidaridad
vienen a reemplazar a los viejos ideales liberales sostenidos por la
Constitución de 1853 tomados del lema de la Revolución Francesa de
Libertad, Igualdad y Fraternidad. Como vemos, hay coincidencia en uno de
los ideales que es el de la libertad, pero su interpretación es
completamente distinta. La concepción de la libertad según la Constitución
de 1853, que es en definitiva la concepción de la libertad liberal,
define a ésta "como poder hacer lo que se quiere", la libertad
se va a presentar como una actitud, una cualidad del individuo más allá
de su condicionamiento o de su vinculación social. Por el contrario, la
libertad de la concepción justicialista va a ser entendida como
"libertad en situación" es decir, un hombre no puede ser libre
en una comunidad que no lo es. Hay
una distinción acá que es fundamental hacer. La concepción social de la
libertad está vinculada al antiguo ideal de los filósofos presocráticos
que está expresado magistralmente por Goethe, en aquella frase:
"dichosa la ley que nos hace libres". La otra es la concepción
de la libertad que vincula a ésta al capricho subjetivo. Esta idea de la
libertad, se refleja en el apotegma de Hobbes: Homo
homini lupus; el hombre es para el hombre un lobo. El
objetivo de lo que se ha llamado la doctrina nacional ha sido el
constituir una nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente
soberana. Ello supone que, en lo externo, se guíe por el principio de las
nacionalidades, sostenga la autodeterminación de los pueblos políticamente
constituidos y postule una tercera posición que supere al capitalismo
liberal y al comunismo marxista. En lo interno, a su vez, tiene como meta
la felicidad del pueblo y la grandeza de la Nación, lo que técnicamente
se denomina el bien común general, al que se accede a través de la
organización de la comunidad. Qué quiere decir esto? Que no puede
lograrse el bien común de la nación si no se establece un régimen en el
que todas las unidades que la integran puedan conseguir su propio bien, su
objetivo específico. De
modo que, el marco teórico donde se sitúa la idea de la Comunidad
Organizada es dentro del objetivo nacional interno. Esta
idea considerada según dijimos al comienzo, como el aporte original del
peronismo en lo que hace a pensamiento político del siglo XX, viene a
responder a la pregunta, qué debe ser la polis o sea la sociedad de los
hombres para una vida próspera y feliz. De modo que la noción de
Comunidad Organizada la situamos a nivel de la sociedad; dentro de la
división clásica entre Estado, individuo y sociedad civil. Vendría a
ser entonces, la idea que propone el peronismo para organizar la sociedad
civil y sus relaciones con el Estado y el individuo. Resumiendo este
primer punto podemos decir que la Comunidad Organizada es un sistema
social a construir. Motivo
por el cual el peronismo ha quedado siempre como una revolución
inconclusa lo que explica que pasados sesenta años siga habiendo
mayoritariamente peronistas en Argentina cosa que no ocurrió con Franco
en España, Salazar en Portugal, Sukarno en Indonesia, Strossner en
Paraguay ni Vargas en Brasil. III)
3) La tercera de las consecuencias politológicas se plasmó en la
Constitución del Chaco de 1951. Hecho desconocido, olvidado y en gran
parte silenciado que se adelantó en el tiempo a resolver los problemas de
la crisis de representatividad política dentro de una Constitución total
y raigalmente democrática. El 8 de octubre de 1951 se creó la provincia del Chaco cuya constitución tuvo disposiciones novedosas y polémicas. Su rasgo fundamental es que, salvo mejor opinión, es una de las pocas que en el mundo, que desde bases democráticas, modificó el régimen de representación política demoliberal que entiende que solo los partidos políticos tienen el monopolio de la representatividad política.(5) Ya el preámbulo comienza con una novedad: Nos, los representantes del pueblo trabajador de la Provincia y no como era de uso comenzar: Nos, los representantes del pueblo… a imitación de las constituciones salidas del espíritu de la Revolución Francesa de 1789. La
apelación específica al pueblo trabajador ya nos está indicando el carácter específicamente
peronista de esta Constitución, pues es sabido que una de las verdades o
apotegmas del justicialismo (la número cuatro) dice: No
existe para el Justicialismo más que una clase de hombres: los que
trabajan. Aclarándose a continuación en el mismo preámbulo que su propósito es contribuir al afianzamiento de una nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana en coincidencia por lo declarado también en el preámbulo de la Constitución Nacional de 1949, conocida como la Constitución de Perón. Ahora bien, si bien la Constitución del Chaco recogió las disposiciones de carácter económico y sociales incluidas en la Constitución del 49, existe entre estas dos constituciones una diferencia sustancial pues la del 49 no llega a modificar el régimen de representación demoliberal respetando el monopolio que ejercen los partidos políticos en dicho campo, mientras que la del Chaco sí. Los artículos 33 y 118 son los que regulan y establecen la modificación de la que hablamos. En ellos se fija que habrá una cámara de representantes compuesta por 30 miembros (el Chaco tenía en la época 450.000 habitantes) la elección de 15 representantes provenientes de los listados de los partidos políticos será a pluralidad de votos y por todo el pueblo y la elección de los otros 15 representantes también a pluralidad de sufragios pero solo votada y compuesta por los ciudadanos que pertenezcan a las entidades profesionales. Fue así que esta Constitución del Chaco fue conocida en su época como “la del doble voto”. El voto por el listado partidocrático y el voto por el listado social. Este mecanismo adoptado no respondió a ninguna concepción en la materia, como muy bien lo hace notar Roberto de Jesús Zalazar (6) pero refleja la mayor dimensión participativa que el pueblo trabajador haya tenido en constitución alguna. Esta Constitución dejó de regir la provincia el 27 de abril de 1956 con motivo del golpe de Estado del 55. La intención de esta novedosa disposición constitucional fue poner al alcance del pueblo trabajador (obreros, empleados, industriales, comerciantes, profesionales, trabajadores de cualquier rama y oficio) la representación parlamentaria sin tener que subordinarse a las oligarquías partidarias que normalmente manejan los partidos políticos. No olvidemos que, en este caso, el mando siempre ha sido de unos pocos. En cuanto a los antecedentes históricos para la elaboración de la Constitución del Chaco según el doctor Millán Ford, Fiscal de Estado durante el primer gobierno provincial de Felipe Gallardo, son los siguientes: en el año 1951 visitó el país el dirigente sindical yugoslavo Takel Rusel quien se entrevistó con sus pares de la CGT y con Eva Perón a quienes explicó el sistema constitucional yugoslavo cuyo rasgo distintivo era la participación de los trabajadores en el poder legislativo. Lo acompañó el politólogo Jovan Djordjevich (7) quien pormenorizó sobre los mecanismos del sistema representativo. La diferencia fundamental entre las dos constituciones es que la yugoslava sostenía el partido único en tanto que la del Chaco se apoyaba en la pluralidad de partidos. Pero
indudablemente, según nos hace notar Héctor Antonio Ferreira,(8)
fue Evita quien dio el mayor impulso político a esta novedosa Constitución
afirmando: Estos representantes (los
del listado social) hablarán por la propia boca del territorio. Serán la
voz de la tierra, directa y clara. Dirán lo que saben con pleno
conocimiento de causa y pedirán lo que en justicia necesitan. En un reportaje realizado el 21 de septiembre de 1992 don Felipe Gallardo, el gobernador que puso en vigencia esta Constitución afirmaba al respecto: Se
trataba de una forma de participación sindical o profesional en uno de
los poderes del Estado. Muchos criticaron este sistema pero era parte del
programa de Perón, el que tenía por objeto la formación de una
comunidad organizada, la organización del pueblo. No se trataba de un
privilegio era un incentivo para que la gente se organizara por sectores.
Porque tanto derecho tenía el obrero organizado como el profesional
organizado. Porque es distinto dialogar con un grupo de mecánicos o un
grupo de abogados que hacerlo con representantes de sus organizaciones. Y
así por medio del “voto sindical” ellos contaban con una representación
directa en la Cámara de Diputados. Por eso se estableció el “doble
voto”: el voto del ciudadano y el voto sindical o profesional. Entonces
si usted estaba afiliado a una entidad que integrara la Confederación
General del Trabajo, la Confederación General de Profesionales o la
Confederación General Económica, usted tenía derecho al “doble
voto”. (9) Desde Platón para acá todos los grandes filósofos han pretendido influir o proyectarse sobre la política, él lo hizo sobre Dionisio el viejo y el joven, Aristóteles sobre Alejandro Magno, San Agustín sobre la dirigencia romana por la caída de Roma a manos de Alarico, hasta un autor aparentemente alejado de la política como Santo Tomás ejerce influencia sobre dos Papas: Alejandro IV y Gregorio X, Descartes lo hace sobre Cristina de Suecia, Hegel sobre Guillermo II, Heidegger sobre el Reich. La inmensa mayoría de los filósofos argentinos que contribuyeron a la realización de tan excepcional Primer Congreso de filosofía de 1949 tuvieron esa misma pretensión y en función de ello meditaron y barruntaron que el novel gobierno de Perón presentaba una ocasión imperdible para ejercer influencia. Pruebas al canto, participaron activamente marxistas, liberales, fenomenólogos, escolásticos, tomistas, existencialistas, positivistas, solo quedaron al margen o mejor aun se automarginaron aquellos profesores antiperonistas ab ovo como el mencionado Francisco Romero, el capitán filósofo como lo denominaba Alejandro Korn. Pasadas casi seis décadas de esta experiencia filosófico-política, la de la constitución del Chaco, ciertamente que las circunstancias han cambiado pero el tono general de modificación de la representatividad política sigue vigente. Es más, se profundizó con toda la crítica posterior a la reducción de la democracia a simplemente una partidocracia. Además a partir de 1970 se viene desarrollando en los países capitalistas avanzados, como sostiene el eminente politólogo Gonzalo Fernández de la Mora, una corriente de pensamiento, sus portavoces más destacados son P.C.Schmitter y G. Lembruch, cuya preocupación fundamental es encajar dentro del esquema contemporáneo de partitocracia el decisivo de la “acción concertada” entre sindicatos y patronales con eventual presencia gubernamental (10). Así ante un posible poder compartido los partidarios de la partidocracia desplazan o alojan a los representantes de las organizaciones sociales (sindicatos, cámaras, cooperativas, asociaciones sociales, etc.) en un Consejo Económico y Social simplemente consultivo, y para de esa manera poderlos neutralizar y conservar el poder efectivo de las instituciones políticas que controlan. Hoy son muchos desde el campo social que piden la reinstauración de los mencionados Consejos pero sin darse cuenta que mientras sigan siendo instituciones meramente consultivas o preceptivas de poco y nada le sirven a la sociedad y al mundo del trabajo. La Constitución del Chaco vino a plantear, aun sin decirlo, la clara y distintiva separación entre el corporativismo de Estado, típica del fascismo y el corporativismo de comunidad idea medular del peronismo en tanto teoría política. Es más, el justicialismo nunca habló de corporativismo ni de cuerpos intermedios al estilo de Roberto Michels, Mosca o Creuzet sino de “organizaciones libres del pueblo”. Esto es, creadas libremente por el pueblo, de abajo hacia arriba, sin intervención del Estado. Éste, bajo el principio de “la suficiente representatividad” del Decreto-ley 23.852 del 2 de octubre de 1945, estableció “las condiciones de posibilidad” de las organizaciones profesionales pero no su creación que quedó siempre en mano de los trabajadores y del pueblo en su conjunto según sus intereses y necesidades. Estos antecedentes teóricos, y muchos más que desconocemos, nos han hecho proponer la realización de un congreso nacional e internacional sobre este tema específico donde se planteen estrictamente las posibilidades concretas de instauración de un sistema alternativo al partidocrático actual. Y esto solo puede hacerse desde el peronismo como marco de referencia pues no olvidemos que él ha quedado como una revolución inconclusa. A modo de conclusión podemos afirmar que el Congreso de filosofía del 49 no solo tuvo repercusiones y consecuencias politológicas como las señaladas en esta comunicación dentro del marco interno de una Argentina que se pensaba y se presentaba en aquella época como “potencia”, como potencialmente poderosa y con algo que decir en el concierto de las naciones. El enfrentamiento que puso de manifiesto el Congreso fue entre dos formas de concebir la tarea filosófica habiendo marxistas y demócratas tanto de un lado como de otro. Así un bando lo tenemos a Alberini y su postulación: “esperemos que en un futuro florecerán genios filosóficos ajenos a la enseñanza oficial” y por el otro Romero y su postulación de la normalidad filosófica. El Congreso se hizo bajo el espíritu de Alberini pero como “por los frutos los conocereis”, llevamos sesenta años de opaca vida filosófica pues triunfó la tesis de Romero, que produjo profesores de filosofía por doquier y casi ningún filósofo. No hubo enfrentamiento político dentro del Congreso. El disputa política se dio ad extra y movilizó muchas voluntades políticas en contra del mismo como las provenientes, sobre todo, del mundo anglo sajón donde Perón era catalogado de tirano y dictador. Así hubo muy pocas comunicaciones de este lado; 7 de USA y 1 de Inglaterra, mientras que por el contrario hubo 14 de Italia, 11 de España, 11 de Alemania, 9 de Francia, 7 de México, 5 de Brasil, 4 de Perú, 4 de Portugal, 4 de Suiza y así una veintena de países. Este Congreso de filosofía generó una producción filosófica incomparable, no solo posterior sino anterior a su realización. Producción que se detuvo abruptamente en 1955. Este Congreso de filosofía de 1949 es de suyo y por sí mismo un mentís a la tesis sociológica lanzada por el sociólogo Gino Germani y sus discípulos, tanto liberales como progresistas de izquierda, y tantas veces repetida hasta el cansancio de que el esplendor de la Universidad argentina se da desde y gracias a la caída de Perón hasta la noche de los bastones blancos de la dictadura de Onganía en 1966. Eso es falso de toda falsedad, la plenitud de la Universidad argentina en el orden filosófico se plasmó cuando llegan a su flourit, sucesivamente, las generaciones del 25 (de Anquin, Astrada, Guerrero, Aybar y otros) y del 40 (Herrera Figueroa, Casas, Murena, Pró, et alii). Lo grande nace grande y si no hubiera habido esta sucesión de estas dos generaciones de filósofos valiosos, poseedores de una clara conciencia nacional no hubiera sido posible la realización de ese congreso de filosofía que rememoramos hoy aquí por más voluntad política y medios económicos que hubiera tenido a su alcance el gobierno de turno. Lo que sucedió después todos lo padecemos hoy, la decadencia argentina tiene un comienzo cierto e indubitable, el golpe de Estado del 55, y como es sabido de la decadencia, cuya ley es que: siempre se puede ser un poco más decandente, solo se sale del laberinto como Dédalo y su hijo Ícaro: por arriba. Así solo cuando recuperemos aquella magnanitas mentada por Heidegger y Wagner de Reyna al referirse a nosotros, solo así podremos llegar a recuperar la capacidad de preferirnos a nosotros mismos y dejar de imitar como un espejo opaco que imita y además imita mal.
Casilla 3198 (1000) Buenos Aires (1) Perón, Juan: Política y Estrategia, Buenos Aires, opera omnia ed. Hernadarias, p. 266 (2) Perón, Juan: Comunidad Organizada, Buenos Aires, opera omnia ed. Hernandarias, cap. 17 parráfo 9 (3) Perón, Juan: op.cit ut supra, cap. 21, párrafo 12 (4) Arturo Sampay (1911-1987) jurista y filósofo del derecho principal redactor de la Constitución de 1949. Si bien la constitución fue sancionada en 16 de marzo y el congreso comenzó el 30 del mismo mes, cabe recordar que sobre el congreso de filosofía se comenzó a trabajar el 20 de abril de 1948 cuando se lo declaró de carácter nacional. (5) Tenemos noticias que la Constitución de Baviera de 1984 en su artículo 34 establece que “el senado es la representación de las agrupaciones sociales, económicas, culturales y municipales del país”. (6) Zalazar, Roberto de Jesús: El Chaco, del territorio nacional a la provincia autónoma, Resistencia, 2001, p. (7) Jovan Djordjevich es autor, entre otros libros, de Yugoslavia: democracia socialista, FCE. 1961 quien trabaja el concepto de no-derecho como el ámbito constituido por relaciones intersubjetivas no reguladas actualmente por el derecho pero que antes si lo estuvieron. (8)
Ferreira, Héctor Antonio: Contador público nacional de la provincia
del Chaco en Carta personal del
15/10/2001 (9) Zalazar, Roberto de Jesús: op. cit., p. 219 (10) Fernández de la Mora, Gonzalo: Contradicciones de la partitocracia, La Emboscadura, Madrid, 2008, p. 27
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