LA
MONTAÑA PARIÓ UN RATÓN por
Mario
Meneghini La
expresión citada en el título se usa cuando se crean grandes
expectativas sobre un acontecimiento y se obtienen magros resultados. Por
eso cabe recordarla cuando se acaba de conocer el fallo de la Corte
internacional de Justicia de La Haya (CIJ), por el caso Botnia, planteado
por la Argentina contra Uruguay. La
Corte decidió hoy que Uruguay incumplió disposiciones internacionales al
autorizar la instalación de las pasteras Botnia y ENCE (desactivada) y de
un puerto en la ciudad de Fray Bentos. Para la CIJ, era
"indispensable" que Montevideo diera cuenta a Buenos Aires y a
la Comisión del Río Uruguay. de la autorización para que Botnia
comenzara a funcionar, y, al no hacerlo, "no respetó el artículo 7
del Estatuto de 1975", que imponía esa obligación. Pese a ello, la
Corte considera suficiente reparación la propia sentencia, es decir, una
condena moral; de allí, la
expresión utilizada. La
Corte dividió el fallo en tres partes: -Por
13 votos a 1 consideró que Uruguay "incumplió obligaciones
procesales"; -por
11 a 3 que "no hubo incumplimiento de obligaciones de fondo"; -por
unanimidad, desestimó el resto de los reclamos centrados en la
contaminación que, según la denuncia argentina, provocó la puesta en
marcha de Botnia. Contaminación El
juez Tomka, a cargo de la lectura del fallo, sostuvo que La Haya "no
ve nada que pueda sustentar las demandas" de la Argentina en materia
de contaminación visual y ambiental. El
mismo criterio aplicó respecto de los malos olores que, según la
presentación argentina, produjó la puesta en marcha de la pastera
finlandesa. "Ningún artículo del estatuto de 1975 aborda los malos
olores que alega la Argentina. Por estas razones, la demanda relativa a
los malos olores y a su impacto sobre el turismo argentino no es de
competencia de esta Corte", plantea la sentencia. Sobre
este punto dijo además no contar con pruebas respecto de que la pastera
utilice procesos contaminantes. "La Corte desestima, en base a la
documentación presentada, que la tecnología utilizada por la pastera no
cumpla con la utilización de las mejores técnicas para el tratamiento de
efluentes", se señala en el fallo. También
en alusión a la supuesta contaminación ambiental indicó: "No hay
relación directa entre el uso de Uruguay del suelo y de los cambios que
se han producido en las aguas que la Argentina atribuye a las plantas de
celulosa. No se puede atribuir a Uruguay el cambio de las aguas". Y añadió:
"No hay elementos suficientes para decir que Uruguay violó sus
obligaciones con respecto a la protección de la fauna y la flora". No
obstante, el tribunal ordenó a los gobiernos argentino y uruguayo
realizar un monitoreo conjunto para medir el impacto ambiental de la
producción de pasta de celulosa que Botnia realiza desde noviembre de
2009. "La Corte coloca a las partes bajo la condición de cooperar a
fin de asegurar la cooperación en ese sentido", dice la sentencia. Hacia
el final, la Corte se detuvo en si correspondía o no ordenar el
desmantelamiento de Botnia. "No hay motivos para ordenar el cese.
Ordenar el desmantelamiento de la planta no sería adecuado",
sentenciaron los jueces. El
veredicto de la CIJ es inapelable y vinculante, es decir, debe ser acatado
por ambas países, sin recurso posible. De
esta manera, termina un conflicto internacional generado por nuestro país,
sin ninguna justificación que no sea someterse el gobierno nacional a las
presiones de los grupos ecologistas que batieron el parche de una
contaminación que podría provocar daños enormes, y arrastraron a la
población de la ciudad de Gualeguaychú a una actitud de fanatismo
irracional. Tres años lleva
cortado el puente internacional que une la provincia de Entre Ríos con la
ciudad uruguaya de Fray Bentos, en clara violación de normas
constitucionales y legales. Era
previsible desde el comienzo cuál sería la sentencia de la Corte, así
como la falta de fundamentos para alegar contaminación. Sobre esto
publicamos en Bitácorapi dos artículos (21-11-06 y 30-1-07), a los
cuales remitimos a quien desee conocer los detalles técnicos del problema
(1). Ahora sólo resta, como lo ha señalado el ex presidente uruguayo,
Tabaré Vázquez, que ambos países cumplan con lo dispuesto en el fallo,
y reanuden las tradicionales relaciones de amistad entre ambos pueblos, dañadas
por la increíble torpeza de un gobierno autoritario que no respeta nada
ni a nadie. Córdoba,
20-4-10 (Fuentes:
La Nación, y Página 12, 20-4-10) 1) www.mario-meneghini.blogspot.com/search/label/Ecolog%C3%ADa
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